Hombre es apuñalado por pareja de su prima con picahielo en Gómez Palacio
Según las declaraciones del afectado, su agresor se dio a la fuga inmediatamente después del altercado
Una discusión entre familiares terminó en tragedia la noche del domingo, cuando Ramón Hernández López, de 49 años, resultó herido con un picahielo durante un altercado frente a su vivienda en el ejido Puente La Torreña del municipio de Gómez Palacio, Durango.
El incidente ocurrió alrededor de las 10:00 p.m., cuando la disputa entre Ramón y su prima escaló hasta el punto en que la pareja sentimental de ella, identificado como Kevin, intervino y atacó a Ramón en defensa de su novia, provocándole una lesión en el tórax.
El escándalo alarmó a los vecinos y familiares presentes, quienes al percatarse de la gravedad de la herida trasladaron de inmediato a Ramón al área de urgencias de la clínica 51 del Instituto Mexicano del Seguro Social. Gracias a la rápida acción de sus familiares, Ramón recibió atención médica urgente.
Agentes de la Policía Investigadora de Delitos acudieron al hospital para entrevistarse con el afectado. Ramón Hernández identificó a Kevin, la pareja de su prima, como el agresor responsable del ataque. Según las declaraciones de Ramón, Kevin se dio a la fuga inmediatamente después del altercado.
El caso ya está bajo la investigación del Agente del Ministerio Público adscrito a la Vicefiscalía de la Región Laguna, quien ha comenzado a integrar la Carpeta de Investigación correspondiente para la localización y detención del presunto responsable.
La investigación sigue en curso y se espera que se tomen medidas para evitar que hechos de esta naturaleza vuelvan a repetirse.
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¿Cuál es la pena por lesiones?
El Código Penal de Durango establece las siguientes sanciones a quien con dolo afecte la salud a otra persona:
Delito lesiones leves: Se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y multa, cuando la o las lesiones tarden en sanar más de quince días y menos de sesenta, y no pongan en peligro la vida.
Lesiones gravísimas que ponen en peligro la vida: Se le impondrán de tres a ocho años de prisión y multa, cuando la o las lesiones inferidas coloquen a la víctima en peligro concreto de morir.
Lesiones gravísimas por pérdida de funciones, miembros u órganos: De cuatro a nueve años de prisión y multa, si la o las lesiones producen la pérdida de cualquier función de alguna facultad, miembro u órgano, cuyas funciones no sean sustituidas por otro.
Lesiones gravísimas por parálisis, enfermedad incurable o deformidad grave: Se le impondrá de cinco a doce años de prisión y multa, cuando las lesiones ocasionen parálisis permanente de ambas piernas, o de uno o los dos brazos o manos, o causen paraplejia permanente de por lo menos una tercera parte del cuerpo, u originen una enfermedad incurable, o cuando las lesiones dejen alguna deformidad.
MP
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