Menor repartidor de comida fue detenido con un arma y droga en García
El menor de edad circulaba sin casco en una motocicleta por calles de la colonia Valle de San José.
Un menor de edad que trabajaba como repartidor de comida para una plataforma digital, fue detenido a bordo de una motocicleta y en posesión de un arma de fuego y droga en el municipio de García, Nuevo León.
Fue en el cruce de las calles Tazanita y Jade, en la colonia Valle de San José, donde policías municipales observaron al joven identificado como Julio César “N” de 17 años, circular sin casco, además observaron que una punta del cañón de un arma de fuego salía de la mochila.
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Al realizarle una revisión le localizaron un arma larga calibre .223, un cargador abastecido con 22 cartuchos hábiles y ocho kilos de mariguana.
Por lo que fue detenido y puesto a disposición de las autoridades correspondientes.
¿Qué tipo de consecuencias puede enfrentar un menor al cometer un delito?
De acuerdo con las disposiciones de la Ley del Sistema Especial de Justicia para Adolescentes del Estado de Nuevo León, los individuos menores de entre 12 y 17 años podrían ser sujetos a las siguientes medidas punitivas:
- Amonestación.
- Libertad asistida.
- Servicio comunitario.
- Restauración a la víctima.
- Órdenes de orientación y supervisión, las cuales podrían implicar:
a) Designar un lugar de residencia específico o cambiar su lugar de residencia actual.
b) Restringir ciertos lugares o personas.
c) Obligarlo a inscribirse y asistir a un centro educativo convencional u otro dedicado a la formación profesional o capacitación laboral.
d) Requerir atención médica o rehabilitación en una institución pública o privada, con el propósito de desintoxicación y superación de adicciones.
e) Prohibición de conducir vehículos motorizados.
f) Restricción de viajar al extranjero.
- Privación de libertad, en alguna de estas modalidades:
a) Confinamiento en el domicilio.
b) Restricción de libertad durante sus momentos de ocio.
c) Reclusión en un centro especializado para adolescentes.
Estas medidas están establecidas en el Artículo 125 de la mencionada Ley estatal y serán aplicadas únicamente cuando la plena responsabilidad penal del menor haya sido comprobada.
Cabe destacar que en este particular caso, el menor podría ser juzgado como adulto, pues el narcomenudeo es un delito grave de índole federal.
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