Trabajador muere tras caerle máquina encima en Apodaca
Se informó que la víctima, de entre 40 a 45 años, se encontraba calibrando un cabezal de grafito cuando se reventó la banda y la máquina le cayó encima.
Un trabajador murió cuando realizaba labores en una empresa de cortes de grafito, en Apodaca.
El accidente laboral se registró la tarde del viernes en la empresa Maquinados De Grafito, en el interior del parque industrial El Milagro, ubicado en la Carretera Miguel Alemán y el bulevar Julián Treviño Elizondo.
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¿Cómo ocurrieron los hechos?
Se informó que la víctima, de entre 40 a 45 años, se encontraba calibrando un cabezal de grafito cuando se reventó la banda y la máquina le cayó encima.
Paramédicos de Protección Civil Municipal acudieron al sitio a brindar los próximos auxilios, pero al revisar al hombre, confirmaron que ya no contaba con signos vitales.
En la zona también se concentraron policías municipales, agentes ministeriales y elementos de Servicios Periciales.
Casos que no se reconocen como accidente laboral
Existen ciertos supuestos en los que, aunque el trabajador tenga un accidente trabajando no se considerará accidente laboral, y son los siguientes:
• Cuando ocurra por fuerza mayor y por causas ajenas al trabajo, como por ejemplo los fenómenos naturales de un tornado o un terremoto. Pero si el trabajador ejerce su puesto de trabajo al aire libre y sufre una insolación si se consideraría accidente de trabajo.
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• En el caso de que sea causado por terceras personas ajenas a la empresa.
• Si se produce porque el trabajador no ha cumplido con las normas de seguridad de la empresa, siempre y cuando ésta le haya informado bien sobre estas normas.
• Cuando el trabajador lo haya provocado intencionadamente, con mala fe.
Cuando el accidente sea calificado como “no laboral” y el trabajador no esté conforme, puede presentar una reclamación en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Derechos del trabajador accidentado
El trabajador que sufre un accidente de trabajo tiene una serie de derechos, porque el empresario cotiza por él a la seguridad social por los conceptos de accidentes de trabajo y enfermedad profesional.
Los derechos de un trabajador que sufre un accidente laboral son los siguientes:
• Asistencia médica
• Prestación de incapacidad temporal
• Indemnización por muerte del trabajador
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• Indemnización por incapacidad permanente
• Indemnización por lesión física definitiva
• Indemnización por convenio colectivo
• Indemnización por falta del empresario
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