Tras fallecimiento por mala atención médica de una persona de tercera edad, CNDH emite recomendación al ISSSTE
La CNDH llevó a cabo una investigación, donde se demostró el mal tratamiento que la víctima recibió en un hospital de Tultitlán, Estado de México.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 123/2021 hacia Pedro Zenteno Santaella, director general del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), luego de que una paciente del Hospital Centenario, de Tultitlán, Estado de México, falleciera por falta de atención de los médicos del lugar.
De acuerdo con la CNDH, el deceso de la paciente, una mujer de la tercera edad, involucra a 14 trabajadores del Hospital de Alta Especialidad Bicentenario de la Independencia y personal del Hospital Centenario de la Revolución Mexicana en el Municipio de Emiliano Zapata, estado de Morelos.
La CNDH también exhortó a Pedro Zenteno Santaella a presentar una queja en contra de los 14 trabajadores del hospital, quienes presentaron irregularidades y omisiones en la atención médica de la paciente; además; recomendaron al director general de la dependencia a presentar una denuncia contra los implicados en la Fiscalía General de la República.
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La recomendación de la CNDH viene luego de que, el 29 de noviembre de 2019, un familiar de la víctima envió una queja ante el órgano, donde especificaba que su pariente no recibió una intervención quirúrgica ni los tratamientos necesarios para su salud, por lo que la vida de la paciente se encontraba en peligro.
Ante esto, el ISSSTE informó que a dicha paciente se le había practicado una terapia de hemodiálisis e intervención quirúrgica en el pie derecho; sin embargo, el 3 de enero, el mismo instituto indicó que la víctima de la tercera edad había fallecido por un paro cardiorrespiratorio del 24 de diciembre de 2019.
La CNDH llevó a cabo una investigación, en la cual pudo identificar que, en el Hospital Centenario, lugar en el que la víctima acudió al principio, se practicó una valoración médica insuficiente, ya que se omitió una exploración a fondo y la prescripción para el tratamiento contra la hepatitis, enfermedad que la paciente padecía.
En su investigación, la Comisión de los Derechos Humanos integró las pruebas suficientes para determinar que se omitió la realización de una exploración adecuada hacia la víctima; no se solicitó una valoración de los especialistas en medicina interna; ni se solicitó la realización de estudios, radiografías y ultrasonidos en el Hospital Bicentenario, estudios necesarios para establecer el tratamiento correspondiente para la víctima.
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Además, la CNDH acreditó que la terapia de reemplazo de la función renal (hemodiálisis) se practicó de forma tardía, pese a que la institución ya contaba con los antecedentes clínicos del paciente y se evidenció que hubo una inadecuada exploración física y un seguimiento impuntual de la evolución del paciente al referir en una nota médica necrosis en tres dedos del pie, cuando ya le habían sido amputados.
La inadecuada exploración y seguimiento del paciente por parte de las instituciones médicas, condicionaron la limitada evolución de la extremidad afectada, sometiendo a la paciente en tres ocasiones a procedimientos quirúrgicos que disminuyeron sus posibilidades de recuperación y causaron deterioro físico hasta su fallecimiento.
Según la CNDH, los trabajadores de los centros médicos señalados en la recomendación no observaron el Reglamento de Servicios Médicos del Instituto, por lo que incumplieron en el ejercicio de sus funciones para brindar un servicio médico oportuno, de calidad idónea e integral, además de que incumplieron con la Norma Oficial que rige los procedimientos para la integración ordenada y completa del expediente médico, afectando con todo ello la legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto con el que deben conducir su desempeño.
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Tras la investigación, la CNDH le solicitó al ISSSTE que proceda a la reparación integral del daño causado a la víctima y a sus familiares directos, por lo que deberán realizar su inscripción en el Padrón Nacional de Víctimas, tal y como lo señala la ley correspondiente, pues con ello se asegurará el acceso a los recursos de ayuda, asistencia, reparación, atención psicológica y la justa compensación a quienes lo necesiten.
Finalmente, la CNDH convocó a diseñar e impartir un curso integral dirigido al personal de los hospitales Centenario y Bicentenario del ISSSTE, para que se asesore al personal en materia de derechos humanos para respetar los principios de accesibilidad, disponibilidad y calidad relacionados con el derecho a la salud, así como de la elaboración, integración, uso, manejo, archivo y conservación del expediente clínico y los documentos que lo integran.
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KT
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