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Conceden suspensión provisional a Javier Navarro; Congreso no podrá emitir resolución definitiva en juicio

Navarro tramitó un documento porque el Congreso aprobó una declaratoria de procedencia en su contra lo que abrió la puerta a que pueda ser investigado por no haber publicado 56 decretos en tiempo y forma.

Kevin Recio Nuevo León /

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito concedió una suspensión provisional a Javier Navarro Velasco, Secretario General de Gobierno, con el fin de que, sin paralizar el procedimiento, el Congreso local se abstenga de emitir la resolución definitiva en el juicio político seguido en contra del servidor público, hasta en tanto, sea resuelto el incidente de suspensión en el juicio de amparo.

De acuerdo con el documento, que Navarro tramitó porque el Congreso aprobó, por mayoría de votos, una declaratoria de procedencia en su contra lo que abrió la puerta a que pueda ser investigado por no haber publicado 56 decretos en tiempo y forma, argumentó a los Juzgadores que la resolución resulta “ilegal” al no pronunciarse sobre la suspensión solicitada para paralizar y suspender todos los efectos de dicha declaratoria de procedencia, es decir, para que “no se le desafuere”.

Javier Navarro, secretario General de Gobierno de Nuevo León. | Archivo
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La autoridad legislativa, señala el documento, en sus agravios expone que con la suspensión concedida si se ocasionan perjuicios al interés social al paralizar el procedimiento de juicio político iniciado al quejoso.

“Ya que con el otorgamiento de la medida se le permitiría que el haber dañado gravemente el interés público pueda seguir ocupando un cargo público; en otro aspecto refiere que se vulnera el principio de división de poderes, y por tanto, la soberanía de los actos que emite el H. Congreso del Estado, sin que en todo caso pueda dictar y emitir sus facultades constitucionales.
“Finalmente aduce que, si el juicio de amparo es improcedente contra actos soberanos del H. Congreso, por vía de consecuencia resultan improcedentes las medidas cautelares; además que se está en presencia de actos consumados con el dictado de la resolución de veintinueve de noviembre del presente año”, detalla el documento legal.

De acuerdo con los resolutivos del Tribunal, se declaró parcialmente fundado el recurso de queja interpuesto por la parte quejoso e infundado el recurso de queja interpuesto por la autoridad responsable.

“Se modifica el auto recurrido de treinta de noviembre de dos mil veintidós, en los términos expuestos en esta en esta ejecutoria.
“Se concede la suspensión provisional de los actos reclamados al quejoso Javier Luis Navarro Velasco, para el efecto de que, sin paralizar el procedimiento el Congreso del Estado, se abstengan de emitir la resolución definitiva en el juicio político seguido en contra del servidor público, hasta en tanto, sea resuelto el incidente de suspensión en el juicio de amparo”, detalló la resolución de Manuel Suárez Fragoso, presidente, Sergio Eduardo Alvarado Puente, ponente, y José Octavio Rodarte Ibarra, quienes firman conjuntamente con la fe del secretario de tribunal Fernando Rodríguez Ovalle.

jvl

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