TEPJF proyecta avalar designación de Luis Enrique Orozco como gobernador interino
El gobernador de Nuevo León reclamó ante el TEPJF que el Congreso de Nuevo León no acató la sentencia de la Sala Superior al designar a un gobernador interino sin haber construido los consensos necesarios.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) proyecta validar la designación de Luis Enrique Orozco como gobernador interino de Nuevo León y desechar el incidente de incumplimiento de sentencia promovido por Samuel García.
El gobernador de Nuevo León reclamó ante el TEPJF que el Congreso de Nuevo León no acató la sentencia de la Sala Superior al designar a un gobernador interino sin haber construido los consensos necesarios.
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Samuel García argumentó que “no se ha cumplido con la determinación de esta Sala Superior porque considera que el nombramiento del Gobernador interino realizado por el Congreso de Nuevo León se realizó sin que se dieran los concesos necesarios para ello, porque no existe la aceptación de todas las fuerzas políticas representadas en el órgano legislativo”.
Sin embargo, en un proyecto de resolución de la Sala Superior, elaborado por la magistrada Janine Otálora, hecho público esta tarde, se propone declarar válida la designación, pues argumenta que el Congreso local realizó el nombramiento del gobernador interino con base en lo mandatado en la sentencia dictada el 15 de noviembre pasado por esa autoridad.
“Contrario a lo aducido por el incidentista, esta Sala Superior concluye que no le asiste la razón respecto del incumplimiento por parte del Congreso de Nuevo León”, dice el proyecto de resolución sobre los reclamos García Sepúlveda.
“Resulta evidente que el Congreso de Nuevo León dio cumplimiento a lo ordenado en la sentencia cuya inejecución se reclama, porque realizó la designación del Gobernador interino sometiendo a consideración de la legislatura diferentes propuestas, incluidas aquellas presentadas por el Gobernador constitucional, y realizando la designación respecto de la persona que obtuvo la mayoría de los votos de las diputaciones”, dice el documento.
“Sin que le asista la razón al incidentista en su reclamo de que la designación debía recaer en quien tuviera la aceptación de todas las fuerzas políticas representadas en el órgano legislativo, porque esa situación no fue ordenada por este órgano jurisdiccional en la sentencia correspondiente”, añade.
En su proyecto, la magistrada Otálora afirma que “la formulación de los consensos necesarios para llevar a cabo la designación en modo alguno puede interpretarse en el sentido de que debe existir unanimidad en la votación para la designación de la gubernatura interina, porque ello implicaría establecer una votación calificada que no se encuentra exigida por la Constitución local ni por las normas que regulan el funcionamiento del Congreso local”.
El proyecto también propone desechar los incidentes promovidos por los diputados locales Eduardo Gaona Domínguez e Iraís Virginia Reyes de la Torre, integrantes de la bancada de Movimiento Ciudadano en el Congreso local, debido a que carecen de interés jurídico y legítimo.
Además, también plantea desechar el incidente promovido por Movimiento Ciudadano, ya que el cumplimiento de la determinación no incide en la esfera jurídica del instituto político.
La sentencia propone reprender a la Sala Regional Monterrey del TEPJF “para que, en lo futuro, actúe con mayor diligencia y remita de inmediato a esta Sala Superior la documentación que reciba en cumplimiento de los requerimientos que se realicen a las partes durante la sustanciación de los medios de impugnación”.
Esto, debido a que actuó con dilación al remitir las cédulas de notificación de los informes de cumplimiento del Presidente de la Mesa directiva del LXXVI Legislatura del Congreso del Estado de Nuevo León respecto de la vista ordenada en los proveídos de uno de diciembre, pues “se observa que fueron presentadas ante la Sala Monterrey a las 02:35 y 02:36 horas del dos de diciembre, mientras que las cédulas de referencia fueron remitidas hasta las 11:43 y 11:52 horas respectivamente, de la misma fecha”.
jvl
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