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Monterrey perfila aprobar construcción de obras sin revisar el impacto ambiental

El gobierno de Monterrey planea reformas a los reglamentos de uso de suelo, construcciones y ambientales, con las cuales se podría realizar obras sin revisar el daño ambiental.

Orlando Maldonado Monterrey, Nuevo León /

El gobierno municipal de Monterrey  planea reformas a los reglamentos de uso de suelo, construcciones y ambientales que dejarían abierta la posibilidad para que los particulares puedan construir sus proyectos antes de obtener de las autoridades federales la resolución sobre la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), de acuerdo con especialistas.

Por el momento esta serie de reformas están a bajo consulta pública hasta el 22 de abril, las cuales, en caso de aprobarse, provocarían más problemas urbanos y ambientales a la Zona Metropolitana y al Estado, de acuerdo con Leopoldo Ita Garay, consultor en ingeniería ambiental.

La consulta municipal se refiere a reformar los reglamentos de Zonificación y Uso de Suelo, de Construcciones y de Protección Ambiental e Imagen Urbana.

¿En qué consiste la iniciativa sobre obras en Monterrey?

De acuerdo con la iniciativa publicada en el portal del municipio, en el Reglamento de Zonificación y Uso de Suelo se presentan cinco modificaciones en los artículos 81, 109, 139, 145 y 160 bis, así como adiciones en algunos de ellos.

La consulta municipal se refiere a reformar los reglamentos de Zonificación y Uso de Suelo. | Especial
La consulta municipal se refiere a reformar los reglamentos de Zonificación y Uso de Suelo. | Especial

Sin embargo, en ninguno de estos cambios se manifiesta plenamente que los particulares puedan o no iniciar con sus construcciones durante el proceso en el que les avalen o no la MIA.

Esta misma situación pasa en el Reglamento de Protección Ambiental e Imagen Urbana, pues en la iniciativa de reforma a los artículos 2, 23, 34 bis 2, 34 bis 3, y 35, tampoco se hace referencia a si los constructores pueden o no iniciar sus proyectos antes de que les validen la MIA.

No obstante, en las reformas al Reglamento para las Construcciones del Municipio, en el Artículo 20, inciso V, referente a los requisitos para la obtención de licencias de construcción para obra nueva, remodelaciones o ampliaciones, se pide una ficha ambiental conforme al formato oficial, en la cual deben proporcionar información.

Sin embargo, para la construcción de vivienda multifamiliar, comercio, servicios o industria que sean de los 300 metros cuadrados a más de mil 500 metros cuadrados será la Dirección General de Desarrollo Verde la que determinará si es necesario que se presente la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA).

El consultor Ita Garay señaló que estas reformas abrirán prácticamente la puerta para que se deje sin efectos el resolutivo de la Manifestación de Impacto Ambiental, una situación que considera perjudicial.

“Aquí lo triste es que básicamente ellos lo que están haciendo es que están dejando sin efecto la figura de Manifiesto de Impacto Ambiental, porque aquí básicamente en los tres reglamentos que están modificando, básicamente el común denominador es que están eliminando el requisito del resolutivo”.
“Para que se pueda continuar con una obra, en teoría, el deber ser, pues es que tú hagas tu evaluación de impacto ambiental, que es la famosa MIA. La MIA es el documento en el cual manifestamos los impactos ambientales que va a generar esa obra desde su planificación, construcción, elaboración, puesta en marcha, arranque, operación, mantenimiento y hasta lo que se pudiera decir, el abandono de sitio, el final”, especificó el consultor.


mvls 

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