Juan Lira y Marco Valencia recuperan triunfo en Chignahuapan y V. Carranza
Una sala regional del TEPJF revocó la nulidad de elecciones en ambos municipios de Puebla, lo que deja sin efecto a los concejos municipales impuestos por el Congreso del Estado.
La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la nulidad de las elecciones de Venustiano Carranza y Chignahuapan, al señalar que el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) hizo un incorrecto análisis en ambos casos.
En sesión, los magistrados federales dieron cuenta de las quejas que fueron promovidas por Juan Lira Maldonado, quien había sido declarado ganador de los comicios en el municipio de Chignahuapan, así como de Marco Antonio Valencia Ávila, virtual ganador de las elecciones de Chignahuapan.
- Te recomendamos Juan Lira y Marco Valencia impugnan nulidad de elecciones en Puebla Política
En el caso de los comicios de Chignahuapan, la Sala Regional determinó que la presunta violación a la cadena de custodia de 27 paquetes electorales no era fundamentada debido a la falta de identificación del personal que hizo la entrega de los mismos.
“El retardo injustificado en la entrega o bien la falta de firma de quién entregó el paquete, su entrega por persona no autorizada, o que se proporcionará su nombre o que hubiera actuado como representante partidista ante una casilla no demuestran en automático la vulneración al bien jurídico protegido y por tanto aún cuando las irregularidades hubieran existido no pueden considerarse determinantes para los resultados de la votación”, se menciona.
TEPJF señala al TEEP por incurrir en "transgresiones" por anular elección en Venustiano Carranza
Respecto a la resolución en el municipio de Venustiano Carranza se señaló que el TEEP incurrió en transgresiones al juzgar un tema que ya había resuelto por parte de la Sala Regional y que debió ser respetado por parte del tribunal local.
Bajo dicho escenario, se señaló que a pesar de la nulidad de la casilla 2346 Básica, no actualizaba las causales por las cuales se debía proceder con la anulación de los comicios.
Fue de esta manera como la Sala Regional dejó sin efectos las sentencias del TEEP, por lo cual le devolvió el triunfo a los dos perfiles antes mencionados y, a su vez, invalidó el nombramiento de los concejos municipales que fueron nombrados por parte del congreso del estado de Puebla.
- Te recomendamos ¿Quién es Juan Lira Maldonado “El Moco”? y cómo pasó de delincuente a presidente de Chignahuapan Política
Morena podría impugnar la decisión del Poder Judicial
Una vez que se ha dado a conocer la resolución de la Sala Regional, Morena todavía podrá recurrir a la Sala Superior.
Esto podrá ser posible solo si continúan inconformes con las sentencias que fueron emitidas, para que de esa manera puedan agotar la cadena de impugnaciones.
EG
- Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de TELEDIARIO; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.