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Qué pasa cuando se declara nula una elección

Con la anulación de una elección, siguen varios procesos legales hasta volver a tener a un ganador. Te los contamos.

Karina Almaraz Ciudad de México /

Tras la decisión del Tribunal Electoral de la Ciudad de México de anular la elección de alcaldesa en la alcaldía Cuauhtémoc, surge la duda de ¿qué pasa cuándo se declara nula una elección?, ¿quién gobierna?

Por eso, en esta nota te explicamos qué va a pasar en la alcaldía Cuauhtémoc y qué sigue para que regrese la gobernabilidad a la demarcación.

¿Qué sigue para la alcaldía Cuauhtémoc tras la anulación de la elección?

La decisión de anular la elección del pasado 2 de julio, que había sido ganada por Alessandra Rojo de la Vega, fue tomada por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México, es decir, un tribunal local.

Esta decisión se tomó a partir de una queja presentada por la candidata de la coalición Sigamos Haciendo Historia, (Morena-PT-PVEM), Caty Monreal.

Tras la decisión, en estos momentos no hay alcaldesa electa en la alcaldía Cuauhtémoc.

Pero encima de los tribunales locales electorales está la Sala Superior del Tribunal Federal Electoral, ante la cual se puede impugnar la anulación de la elección en la alcaldía Cuauhtémoc.

Si la Sala Superior le da la razón a Alessandra Rojo de la Vega, ella gobernará la alcaldía Cuauhtémoc, pero si le da la razón al Tribunal Electoral de la Ciudad de México y a Caty Monreal, habrá elección extraordinaria en la alcaldía Cuauhtémoc.

En caso de sea convocada una elección extraordinaria en la alcaldía Cuauhtémoc, Alessandra Rojo de la Vega no podrá ser candidata pues como parte de la decisión de reconocer que cometió violencia política en razón de género, será inscrita en un registro de agresores.

Mientras se lleva a cabo la elección extraordinaria, el Congreso de la Ciudad de México deberá nombrar a una persona como alcalde o alcaldesa interina en la alcaldía Cuauhtémoc.

¿Qué cosas pueden causar la nulidad de una elección?

De acuerdo con el numeral dos del inciso D del artículo 27 de la Constitución Política de la Ciudad de México, una elección puede ser anulada por las siguientes causas:

  • Cuando se acredite la existencia de violencia política de género.
  • Si hay irregularidades graves en las diversas etapas del proceso electoral.
  • La coacción o compra del voto.
  • El empleo de programas gubernamentales.
  • Ante acciones institucionales extraordinarias.
  • El desvío de recursos públicos con fines electorales.
  • La compra o adjudicación de tiempos en radio y televisión.
  • El rebase de topes de gastos de campaña.
  • La violencia política.

​KAT

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