Sanción a Samuel García por desvío de recursos públicos no amerita cárcel ni destitución: Navarro
El secretario general de Gobierno, Javier Navarro Velasco dijo que la sentencia de las autoridades electorales no amerita cárcel ni destitución del cargo.
Según el secretario General de Gobierno, Javier Navarro Velasco, la sanción que el Congreso de Nuevo León debe imponer al gobernador Samuel García Sepúlveda por el desvío de recursos públicos, tal como lo indica la sentencia de la Sala Especializada Electoral, no debería implicar cárcel ni destitución de su cargo, como lo afirmó el coordinador de la bancada del PAN, Carlos de la Fuente.
En entrevista para Multimedios Radio con Tania Díaz y Luis Carlos Ortiz, el funcionario Estatal declaró que no se tratan de sanciones graves pues justificó que el mandatario estatal no desvió recurso económico como tal, sino solamente invirtió parte de su tiempo en otros temas o rubros.
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"Con todo respeto para Carlos de la Fuente, que siempre anda poniendo lumbre y le pone más leña al fuego, yo creo que está muy equivocado, la resolución no permite ese tipo de sanciones, y en todo caso será una decisión del pleno del Congreso, no una decisión del PRI y del PAN, y gracias a Dios no a una decisión de Carlos de la Fuente porque si por él fuera pues lógicamente le haría el mayor daño posible al gobernador, no obstante que no le corresponda al gobernador una sanción de esa naturaleza.
"No se dan los requisitos para una sanción de esa naturaleza y tampoco es una situación que debe hacer un daño significativo porque, lo que entiendo que se resolvió, fue que no obtuviera recursos del gobierno físicos, es decir, económicos utilizados, sino que era tiempo del gobernador en el cual se establecieron algunas publicaciones, entonces de ninguna manera se están utilizando recursos del gobierno y de ninguna manera se está perjudicando al erario, simplemente es una cuestión de apreciación en cuanto a unos videos, según entiendo, la resolución", dijo.
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Por el contrario, Navarro resaltó que la sanción debería corresponder a una amonestación o multa económica por tratarse de la acusación que se le hace, situación que reiteró, la acción penal o la inhabilitación no aplicarían en este caso.
Situación por la cual, dicha sanción se debe ponderar en el pleno del Congreso y ahí tomar una decisión al respecto, y no lo que decida una sola persona.
"La sanción en todo caso que pudiera existir, es una sanción de amonestación, una circunstancia de alguna multa, pero no de una sanción de carácter penal porque no hubo exposición de recursos públicos, hay que medir las consecuencias y los hechos para poder sancionar por eso les hablo de una ponderación de los hechos para que se resuelva en el pleno del Congreso qué sanción es la que debe de imponerse, No la que diga Carlos de la Fuente", indicó.
TEPJF ordena sancionar a Samuel García por infracciones a ley electoral
Los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmaron, con tres votos a favor y dos en contra, la sentencia de la sala especializada que ordena imponer una multa a Samuel García por el uso de símbolos religiosos y propaganda político-electoral cuando este era precandidato a la presidencia de México por Movimiento Ciudadano.
En sesión del miércoles 31 de julio, dicha sentencia se resolvió bajo el proyecto de recurso de revisión del procedimiento especial sancionador 706 de este año en donde el gobernador Samuel García buscaba ante la Sala Superior que le quitaran dicha sanción.
Sin embargo, el máximo órgano electoral desestimó sus agravios al señalar que sí incurrió en las faltas que precisó la sala especializada con anterioridad.
"Doy cuenta con el proyecto del recurso de revisión del procedimiento especial sancionador 706 de este año promovido por el gobernador de Nuevo León en contra de la sentencia dictada por la sala especializada en la cual determinó existente el uso de símbolos religiosos, propaganda político electoral y le impuso una multa.
"En el proyecto se propone desestimar los agravios porque, contrario a lo sostenido por el recurrente, el video difundido y que constituye el material denunciado, sí reúne los elementos que confirman la propaganda político electoral aunado a que, también se advierte el uso de símbolos religiosos lo cual constituye en sí mismo un límite al ejercicio de la libertad de expresión de la persona denunciada. De ahí que se propone confirmar la sentencia controvertida", se leyó en el proyecto.
Con esto, el mandatario Estatal tendrá que cumplir con dicha multa, misma que podría ser económica, sin embargo, Se desconoce el monto que tendría que pagar.
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