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La justicia impide que mujer tenga hijo con esperma congelado de su marido fallecido

En vida el esposo no firmó un documento en donde acepte el uso de ese material genético.

Editorial Telediario Nacional /

Fue a causa de un cáncer detectado en el hombre, el cual afectaba su capacidad reproductiva, que la pareja se decidió proceder a la crio-preservación de semen. Según informó su doctor de cabecera del Sr. T., tiempo después el hombre murió, y su esperma quedó congelado, luego de un tiempo la mujer decidió que quería tener un hijo de ambos.

Sin embargo, la Justicia le impediría realizar la práctica de Fertilización Post Mortem, utilizando sus óvulos y el material genético de él. Fue entonces que la justicia civil, en fallo emitido en los primeros días de febrero, le negó esa posibilidad.

La juez Myriam Cataldi, Magistrada del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil No°07. Decidió, que al no haber quedado en “consentimiento informado expreso”, del cónyuge, autorizando la Fertilización Post Mortem, hubiera afectado “a todas luces, los derechos personalismos del difunto, entendidos como aquellos que están íntimamente ligados con la persona y que son, por naturaleza, inherentes a ella y su dignidad a la vez que intrasmisibles”.

Mientras el dictamen explicita que “la peticionante hace saber que se encuentra pegado mensualmente el abono a din de mantener la crio-preservación de gametos”, afirma que ninguna decisión personalísima puede ser tomada “sin la actuación de un titular”.

En el fallo, se exhibe los pormenores de un debate bioético álgido, tomando en cuenta las distintas posturas en tensión y preguntas elementales. Una de las soluciones sería el vacío legal, pues deja la solución de estos casos a la discrecionalidad del juez de turno.

 

Con información de Clarín.

MH

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