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Reparto de utilidades 2021; cuándo y quiénes lo recibirán

El reparto de utilidades es una adicional económico que debe de ser entregado a aquellos empleados que presenten un trabajo subordinado para un patrón o empresa. El monto ha recibir se calcula de acuerdo con el número de días trabajados en un año por

Editorial Telediario Nacional /

De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo (LFT) las empresas deben de repartir entre sus empleadores un cierto porcentaje de sus ganancias hechas durante el último años. Es una obligación constitucional, la cual es nombrada Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (PTU). Te informamos cuándo es que debe de pagarse y quienes tienen derecho a recibir el reparto de utilidades 2021.

En su artículo 20, la LFT, establece que el reparto de utilidades debe de darse a aquellos empleados que presenten un trabajo subordinado para un patrón  o empresa. El monto que recibirán, se calcula con el número de días trabajados en un año y por el monto de salarios devengados, de acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria.

Fecha en que se reciben las utilidades este 2021

El reparto de utilidades se hace 60 días después de la presentación de la declaración anual. La declaración este 2021 para personas morales tiene como límite el 31 de marzo, y el 30 de abril para personas físicas. De esta manera, las utilidades se pagarán del 1 de abril al 30 de mayo, para personas morales; y del 1 de mayo al 29 de junio para personas físicas.

Quiénes recibirán utilidades 2021

Todas las personas que prestan un servicio mediante un pago de salario tienen derecho a ser considerados en PTU. Aunque el empleado no haya trabajado todo el año o lo hizo de manera eventual, también debe recibirlo de manera proporcional si laboraron al menos 60 días para la empresa.

Les tocan reparto de utilidades a:

  • Trabajadores de planta.
  • Trabajadores eventuales (que hayan laborado al menos 60 días).
  • Exempleados que hayan sido despedidos o que hayan renunciado voluntariamente en el último año.
  • Trabajadores de confianza.
  • Empleados subcontratados.

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No les toca reparto de utilidades a:

  • Directores, administradores y gerentes generales.
  • Empleados eventuales que hayan trabajado menos de 60 días en el año.
  • Empleados contratados por honorarios que no tienen relación formal de trabajo.        
  • Trabajadores domésticos.

La pandemia por Covid-19, ¿disminuirá la repartición de utilidades?

Si la empresa para la que trabajaste se vio afectada por la pandemia, es posible que el monto que te otorguen sea menor, sin embargo, no pueden negarte el pago de utilidades, al menos que el ingreso declarado por la empresa del Impuesto Sobre la Renta no haya superado los 300 mil pesos.

 

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