Despiden a mujer de supermercado por utilizar mal el cubrebocas
Una clienta del establecimiento reportó el hecho, mismo que provocó que la mujer le dijera que “no era policía para decirle lo que podía hacer”; posteriormente la retó a golpes.
ESPAÑA. – Una mujer fue despedida de una cadena de supermercados en España luego de usar mal en cubrebocas mientras atendía a la clientela en el departamento de pescadería.
El hecho ocurrió en la comunidad de Cantabria, a unos 50 kilómetros de la capital Santander.
De acuerdo con el proceso legal, en el que un juzgado determinó como procedente el despido, se señaló que dentro del contexto de trabajo que se encontraba, la empresa tiene protocolos de seguridad e higiene que previamente se habían explicado a la mujer.
“En derecho hay que analizar todo en su contexto. No es lo mismo no llevar la mascarilla en una zona interior en que uno está solo sin contacto con el público, que un empleado que trabaja de cara al público manipulando alimentos no envasados”, explica el abogado José Luis Peñin, del despacho Abadón Pedrajas Littler.
“El encargado de la tienda le había hecho numerosos requerimientos sobre la necesidad de llevar bien puesta la mascarilla”, indican.
Los hechos se precipitaron el pasado 27 de mayo cuando una clienta se dirigió a la responsable de la tienda para hacerle notar que la persona que despachaba el pescado llevaba la nariz a la vista por encima de la mascarilla. Ambos se acercaron hasta allí y le pidieron a la pescadera que modificara la colocación del protector facial.
Según la sentencia, la clienta informó a la dirección del centro que la pescadera le había dicho que “no era policía para decirle lo que podía hacer”. La responsable de la tienda y la usuaria incomodada le recriminaron el trato que había dispensado a la clienta.
La mujer ahora despedida de forma procedente contestó según la sentencia, contestó: “Si no te gusta, te vas. Si quieres lo arreglamos en la calle, sin el uniforme”. Hubo llamamientos a la calma que no surtieron efectos. Finalmente, la dirección de la tienda se disculpó con la clienta.
Entiende el juzgado que la empresa actuó adecuadamente calificando los hechos de falta grave y su consecuencia punitiva como fue el despido procedente. Más allá de las recomendaciones generales sobre el uso de la mascarilla, dice la sentencia, la empleada se encontraba “prestando servicios con un producto no envasado, el pescado, por lo que, las normas de prevención de riesgos laborales elaboradas por la empresa demandada le obligaban al uso correcto de la misma, tapando la boca y la nariz”.
Esas circunstancias y el hecho de que la pescadera usara “un tono amenazante”, dice la sentencia, han abocado a la autoridad laboral a dar por lícito el despido de la empleada.
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