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Cómo se tramita la licencia de maternidad del IMSS

Las embarazadas aseguradas tienen derecho a un subsidio en dinero igual al 100% del último salario diario de cotización.

Redacción Saltillo, Coahuila /

Si actualmente trabajas, estás embarazada y estás afiliada al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) necesitas tramitar tu licencia o también llamada incapacidad de maternidad  por lo que es normal que surjan muchas dudas al respecto, a continuación te decimos cómo puedes obtenerla a través de esta institución.

Los primeros meses de vida de los hijos son primordiales tanto para su desarrollo, como para el vínculo entre el bebé y la madre. Para tener derecho a los días de descanso otorgados por el IMSS, el parto deberá ocurrir a partir de la semana 23, considerando producto vivo o muerto.

¿Cómo puedo tramitar la licencia de maternidad?

Es importante destacar que tu incapacidad la puedes gestionar siguiendo una de estas opciones presentadas en la página oficial del IMSS.

La licencia de maternidad la puedes tramitar con tu médico externo o afiliado al IMSS. | Especial
La licencia de maternidad la puedes tramitar con tu médico externo o afiliado al IMSS. | Especial

Si decides atender la evolución de tu embarazo con un médico externo.

​*Preséntate con tu médico familiar del IMSS, una única ocasión, cualquier día dentro de la semana 34 de gestación dictaminado por tu médico externo.

*Tu médico familiar certificará tu embarazo y te expedirá tu certificado único de incapacidad por maternidad.

Ahora que si decides atender la evolución de tu embarazo en el IMSS.

*Acude con tu médico familiar, en cuanto sospeches que estás embarazada, para que él certifique tu estado y empieces a tener una vigilancia prenatal apropiada.

*Tu médico familiar te indicará las citas a las que deberás asistir para llevar un control prenatal adecuado.

En ambos casos se te expedirá un certificado único de incapacidad hasta por 84 días, que ampara tanto el periodo prenatal como el postnatal.

¿Qué documentos debes presentar para tramitar la licencia de maternidad?

-Identificación oficial vigente con fotografía: INE, pasaporte vigente, cédula profesional.

-Documento oficial que muestre tu Número de Seguridad Social.

-Interpretación del estudio de ultrasonido con una antigüedad no mayor a 5 semanas (sólo si te estás atendiendo con un médico externo).

-Las aseguradas tienen derecho a un subsidio en dinero igual al 100% del último salario diario de cotización.

Para que la asegurada tenga derecho al subsidio, se requiere:

1. Que haya cubierto por lo menos treinta cotizaciones semanales en el período de doce meses anteriores a la fecha en que debiera comenzar el pago del subsidio.

2. Que se haya certificado por el Instituto el embarazo y la fecha probable del parto

3. Que no ejecute trabajo alguno mediante retribución durante los períodos anteriores y posteriores al parto.

Cuando la asegurada no cumpla con el mínimo de cotizaciones, el pago del salario íntegro quedará a cargo del patrón.

El pago del subsidio se calculará con base en el total del último salario registrado ante el Instituto a la fecha de certificación y se pagará en una sola exhibición por los 84 días que ampare el certificado único de incapacidad por maternidad.

¿Cómo se realiza el pago?

Si se trata de pago nominativo, éste podrá realizarse mediante el nuevo servicio digital, pago de incapacidades en cuenta bancaria (http://www.imss.gob.mx/prensa/archivo/201805/125), o bien, en ventanilla bancaria.

Si la asegurada labora en una empresa con Convenio de Pago Indirecto y Reembolso de Subsidios, el patrón será el encargado de entregar la prestación en dinero.





JVS

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