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¿Qué reportes atiende la Policía Ambiental? 

La Policía Ambiental puede atender reportes desde rescate animal hasta la "contaminación visual".

Editorial Telediario Nacional /

Como su nombre lo dice, la Policía Ambiental en Guanajuato capital atiende reportes en protección al medio ambiente y sus recursos naturales; recientemente, se han registrado casos de rescate animal, sin embargo, también atienden reportes como contaminación auditiva o contaminación visual.

En cuestión al ruido a muy alto volumen, según el artículo 32, Fracción VII del Reglamento de Policía y Buen Gobierno para el Municipio de Guanajuato, Guanajuato, se menciona que “ocasionar molestias con emisiones de ruido superiores a los 68 decibeles de las 6:00 a las 22:00 horas, y 40 decibeles de las 22:00 horas a las 6:00 horas del día siguiente, que son los límites máximos permisibles en el Municipio de Guanajuato”.

Para reportes de la contaminación visual o como el reglamento lo menciona “ensuciar el entorno social”, según los artículos 53 “el deber de abstenerse de ensuciar, manchar y deslucir el entorno encuentra su fundamento en evitar la contaminación visual, y es independiente y por tanto compatible con las infracciones, incluidas las penales, basadas en la protección del patrimonio, tanto público como privado”, también se incluyen los artículos 54 y 56 del reglamento antes mencionado.

De igual manera, se aplica para todo aquél que esté “garfiteando”, según el artículo 52 que menciona “los grafitis, y otras conductas de ensuciamiento y afeamiento no sólo devalúan el patrimonio público o privado y ponen de manifiesto su deterioro, sino que principalmente provocan una degradación visual del entorno, que afecta la calidad de vida de los habitantes del Municipio de Guanajuato, de sus visitantes y turistas”, esta práctica puede llevar una sanción de hasta 12 horas de arresto, o bien, una multa de 1 a 20 salarios.

En caso de depositar necesidades de fisiológicas en espacios no permitidos, el artículo 95 menciona que “está prohibido depositar el producto de las necesidades fisiológicas en cualquiera de los espacios como ámbito de aplicación objetiva de la misma, salvo las instalaciones o elementos que estén destinados especialmente a la realización de tales necesidades”, la infracción será con multa de 1 a 20 salarios o arresto hasta por 12 horas, en caso de que sea en espacios de gran afluencia de personas, frecuentados por menores o se haga en monumentos catalogados o protegidos, la sanción a imponer será una multa de 1 a 30 salarios o bien, arresto hasta por 24 horas.

Otros de los reportes que pueden ser atendidos son tirar la basura inadecuadamente, esto según el artículo 39 fracción IV que menciona “incumplir con el depósito y retiro de basura en los términos del Reglamento de Limpia”, esto puede tener una sanción de 1.5 a 36.5 UMAS o arresto de 12 hasta 36 horas.

Así mismo, la Policía Ambiental atenderá reportes como arrojar objetos líquidos en lugares públicos, incitar a un perro o cualquier otro animal para que ataque, contaminar el agua, cortar árboles en espacios públicos sin autorización, así como uso indebido del espacio público para juegos, entre otros.

¿Cómo levantar un reporte?

Los ciudadanos se pueden comunicar al Sistema de Emergencias (911), o en caso de estar en recorrido, pueden ser atendidos en los artículos antes mencionados; de igual manera, los reportes también se pueden realizar directamente en la Comisaría de Dirección de Policía Preventiva Municipal, incluso a los policías preventivos se puede hacer el reporte, este será canalizado a la Policía Ambiental.

En cuestión al tiempo que se tardan en responder al reporte, dependerá de la distancia del lugar y las circunstancias de operatividad.

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