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Vacaciones ¿Sabes cuántos días te corresponden?

La Ley Federal del Trabajo establece que, a partir del primer año laboral te corresponden 6 días hábiles de vacaciones.

Editorial Telediario Nacional /

CIUDAD DE MÉXICO.- Las vacaciones son el periodo de descanso que todos los trabajadores esperan para dar “un respiro en la rutina laboral” y fomentar la convivencia familiar.

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¿Sabes cuántas vacaciones te corresponde en tu primer año labora? ¿Conoces los artículos de la Ley Federal del Trabajo que te lo explica? Aquí te damos los datos que te pueden interesar.

El artículo 76 de ley nos indica claramente cómo es que se otorgan las vacaciones en el trabajo.

De conformidad con la Ley Federal del Trabajo. - Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios.

Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.

Lo anterior se ejemplifica de la siguiente forma:

  • Año 1: 6 días
  • Año 2: 8 días
  • Año 3: 10 días
  • Año 4: 12 días
  • De 5 a 9 años: 14 días
  • De 10 a 14 años: 16 días
  • De 15 a 19 años: 18 días
  • De 20 a 24 años: 20 días
  • De 25 a 29 años: 22 días
  • De 30 a 34 años: 24 días.

Es decir, si un trabajador laboro todo un año, tiene derecho al pago de vacaciones, esto es, si ingreso el 1 de enero de 2019 el derecho se genera hasta el 1 de enero de 2020, y de conformidad Artículo 81 de la Legislación laboral, las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios.

Por lo que hace a los trabajadores que presten servicios discontinuos y los de temporada tendrán derecho a un período anual de vacaciones, en proporción al número de días de trabajos en el año.

Los patrones tienen la obligación de entregar anualmente a sus trabajadores una constancia que contenga su antigüedad y de acuerdo con ella el período de vacaciones que les corresponda y la fecha en que deberán disfrutarlo. 

AT

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