La reglamentación, indica que los productos que tengan uno o más sellos, o bien, la leyenda de edulcorantes, no pueden llevar personajes infantiles. El Osito Bimbo seguirá en algunos productos.
La sanción sólo implica la clausura de la estación de servicio y una multa. La acción penal solo se dará en el caso de que se violen los sellos o se manipulen los dispensarios.
Los laboratorios entregaron los resultados que arrojan que el agua está dentro de la NOM-127-SSA1-1994, se demuestra que el agua que abastece y el organismo es potable y cumple con los parámetros establecidos por la Secretaría de Salud.
Expusieron que los cereales y muchos otros productos procesados, elaborados a base de leche o panificados, no podrán ser fortificados porque tendrán que llevar el sello de leyenda de “Exceso de Calorías” estipulado en la NOM 051.
Se atiende la Norma Oficial Mexicana NOM-161-Semarnat-2011, así como disposiciones federales que establecen la obligatoriedad de dar un manejo adecuado a estos desechos.