La Semana Santa no es considerada como día de descanso obligatorio por la LFT, sin embargo, los bancos tendrán un horario especial, ¡tenemos todos los detalles!
La Ley Federal del Trabajo (LFT) indica que esta prestación debe otorgarse a trabajadores de base, de confianza, planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, entre otros.