Delitos contra el medio ambiente incrementan 192.3% en Nuevo León
La Fiscalía General de Justicia del Estado registró un total de 38 casos durante los primeros siete meses del 2023.
Durante los primeros siete meses del año 2023, en el estado de Nuevo León se han registrado 38 delitos relacionados con el medio ambiente. Esta cifra representa un incremento del 192.3 por ciento en comparación con los 13 casos registrados durante todo el año 2022.
Mientras que según la información de la Fiscalía General de Justicia del Estado, en el año 2021 solo se tuvieron 2 carpetas de investigación por delitos contra el medio ambiente, el cual aparece en las estadísticas de la incidencia delictiva estatal a partir del mes de mayo del año 2021.
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Desde entonces a la fecha se abrió una carpeta de investigación en el mes de junio del año 2021, y una en el mes de diciembre de ese mismo año.
Luego se reportaron tres casos en el mes de enero del año 2022, uno en los meses de febrero y marzo, 2 en abril, y uno en mayo y junio de ese año.
Posteriormente, en julio del 2022 no se reportaron casos, en agosto hubo 2, en septiembre cero de nuevo, en octubre uno, en noviembre cero y en diciembre uno, para cerrar el año pasado con los citados 13 delitos.
En tanto que en el año en curso se registró un delito en el mes de enero y uno en el mes de febrero, la cifra subió a 16 en el mes de marzo, pasó a seis en el mes de abril, cerró en cinco los meses de mayo y junio, y culminó con cuatro el mes de julio, para el subtotal en el año de 38.
De tal forma, por cinco meses consecutivos se ha tenido el mes con más delitos de este tipo, es decir, el marzo con más casos con 16; el abril con más incidencia con 6; el mayo con más denuncias con cinco; el junio con más averiguaciones con cinco y en julio con más carpetas de investigación con cuatro.
¿Cuál es la pena por delitos contra el medio ambiente en Nuevo León?
En el Artículo 446 del Título Vigésimo Octavo “Delitos contra el medio ambiente” del Código Penal del Estado, se destaca que se impondrá una pena de uno a nueve años y multa de 30 a 150 cuotas a quien cometa alguna falta contenida dentro de estos delitos.
Que incluye, entre otros muchos aspectos, a quien realice, autorice u ordene cualquiera de las siguientes conductas: tale, desmonte o destruya árboles de bosques y/o afecte recursos forestales, salvo aquellos casos que estén contemplados en los ordenamientos correspondientes y cuenten con el permiso o autorización de la autoridad competente.
Así como a quien transporte, comercie, acopie, almacene o transforme madera en carbón vegetal, así como cualquier recurso forestal maderable sin la autorización o permiso.
O que provoque un incendio sin la autorización de la autoridad, que cause daño a la salud pública de un ecosistema.
Asimismo, comete un delito ambiental quien descargue, deposite, infiltre o derrame aguas residuales en los suelos de jurisdicción estatal o municipal, así como quien realice, autorice, consienta u ordene la descarga de residuos industriales en el alcantarillado, drenaje o cuerpos de agua.
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