Cuánto tiempo tengo para cobrar el Afore de un fallecido
Cuando el titular de una cuenta Afore fallece, sus recursos se heredan a sus beneficiarios.
Cuando el trabajador titular de una cuenta de una Administradora de Fondo para el Retiro (Afore) fallece, sus recursos se entregan a sus beneficiarios, quienes pueden disponer del dinero.
De acuerdo con la reforma a la Ley del Seguro Social, a partir del 1 de enero de 2021, si un trabajador o pensionado fallece, los beneficiarios designados por el titular en los contratos del Afore, tendrán derecho a recibir los recursos de la cuenta individual que no tengan un fin específico.
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¿Quiénes pueden reclamar los recursos del Afore de una persona fallecida?
- La viuda o viudo, si éste dependió económicamente del fallecido
- Los hijos menores de 16 años (o mayores de 16 si no pueden mantenerse por su propio trabajo o están estudiando hasta los 25 años)
- Los padres (si vivían en el hogar del trabajador)
- A falta de cónyuge, la concubina o el concubinario, si se dependió económicamente del trabajador
¿Qué necesito para reclamar la cuenta Afore de una persona fallecida?
Para disponer de los recursos se debe haber sido designado como beneficiario expresamente por el titular en su Afore, de otra forma, no se pueden entregar.
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¿ Cómo reclamar la cuenta Afore de una persona fallecida?
- En caso de ser beneficiario legal, acude a la Subdelegación del IMSS para que te emita la Resolución de pensión correspondiente.
- Acude a la Afore en la que se encontraba registrado el trabajador fallecido con los documentos que te acrediten como beneficiario y llena el formato de Disposición de Recursos que te proporcionarán ahí.
- Una vez procesada la solitud, la Afore pondrá a disposición del beneficiario los recursos en una sola exhibición correspondientes al régimen pensionario.
¿Qué recursos se entregan de la cuenta Afore?
A) Si la pensión es por la Ley del Seguro Social 73:
- Retiro 97 (recursos acumulados a partir del 1 de julio de 1997 a la fecha)
- Vivienda 97 (recursos acumulados a partir del 1 de julio de 1997 a la fecha)
- SAR 92 (recursos acumulados del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997)
- Vivienda 92 (recursos acumulados del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997)
B) Si la pensión es por la Ley del Seguro Social 97:
- SAR 92 (recursos acumulados del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997)
- Vivienda 92 (recursos acumulados del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997)
En caso de no tener derecho a una pensión se entregarán la totalidad de los recursos en una sola exhibición.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar el Afore de una persona fallecida?
De acuerdo con el artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo, los beneficiarios contarán con 1 año a partir de la fecha en que falleció el trabajador para hacer el reclamo de los recursos.
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— CONSAR (@CONSAR_mx) October 14, 2023
ZNR
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