user-icon user-icon
  • Clima
    • Ciudad de México 10ºC 10ºC Min. 19ºC Máx.
    • Clouds
    • Próximos 5 días
      • Sábado
      • 9º / 20º
      • Clouds
      • Domingo
      • 10º / 20º
      • Clouds
      • Lunes
      • 10º / 21º
      • Clouds
      • Martes
      • 9º / 20º
      • Clouds
      • Miércoles
      • 9º / 22º
      • Clouds
    • Pronóstico en video Norma García nos da el pronóstico del tiempo en la Ciudad de México para este jueves 21 de noviembre de 2024.
    • Norma García nos da el pronóstico del tiempo en la Ciudad de México para este jueves 21 de noviembre de 2024.
      • Video
      • media-content

Cuándo un despido califica como injustificado

La Ley Federal del Trabajo incluye los motivos por los que una persona puede ser despedida de su trabajo de forma justificada; aquí te decimos cuáles son.

Redacción Ciudad de México /

Un despido es la terminación de un contrato o relación laboral de manera anticipada y, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, en México éste se clasifica en dos categorías; justificado e injustificado.

Tanto como empleado como empleador es importante reconocer cuándo un despido incurre en una u otra clasificación, pues, con ello, ambas partes podrán ser conscientes de sus derechos y obligaciones ante estas situaciones.



¿Cuándo un despido califica como justificado?

De acuerdo con el artículo 46 de la Ley Federal del Trabajo, un despido justificado y sin responsabilidades para el patrón aplica cuando el trabajador incide en alguna de las 15 razones que están señaladas en el artículo 47 de esta misma ley.


  1. Entregar certificados o referencias falsas al empleador o sindicato, en donde se le atribuyan al empleado capacidades, aptitudes o facultades de las cuales carezca. Esa causa dejará de ser efectiva después de 30 días del que trabajador haya comenzado a prestar sus servicios
  2.  Incurrir, durante su jornada laboral, en faltas de honradez, actos de violencia, amagos, injurias o malos tratos en contra del patrón, sus familiares o del personal directivo o administrativos de la empresa; salvo que sea bajo defensa propia
  3.  Que el trabajador cometa alguno de los actos antes mencionados contra sus compañeros de trabajo y altere la disciplina en el área laboral
  4. Que el trabajador comenta, fuera de servicio, los actos mencionados en el punto dos; si estos son de gravedad y que, por tanto, sea imposible una relación laboral
  5. Ocasionar daños, intencionalmente, a los materiales, maquinarias o instrumentos, entre otros objetos relacionados con el trabajo
  6. Ocasionar daños o perjuicios, mencionados en el punto anterior, causados por negligencia
  7. Comprometer la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentren en él, por imprudencia o descuido inexcusable por parte del trabajador
  8. Cometer actos inmorales en el lugar de trabajo
  9. Revelar secretos de fabricación o asuntos de carácter privado con prejuicio de la empresa
  10. Tener más de tres faltas de asistencia en un periodo de 30 días; sin permiso del patrón o causa justificada
  11. Desobedecer al patrón o representantes sin causa justificada, siempre que se trate del trabajo contratado
  12. Negarse a tomar las medidas preventivas o a seguir los procedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades
  13. Presentarse a sus labores en estado de embriaguez o bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante, salvo que, exista una prescripción médica; de ser el caso, esta debe presentarse anticipadamente ante el patrón
  14. Cuando exista una sentencia ejecutoriada que imponga al trabajador una pena en prisión y que le impida el cumplimiento de la relación de trabajo
  15. Las análogas a las establecidas en las fracciones anteriores, de igual manera graves y de consecuencias semejantes en lo que al trabajo se requiere.

Qué es más caro, un Huawei P60 pro o un Mate 60 Pro | Especial Telediario
arrow-circle-right


¿Cuándo un despido califica como injustificado?

Así, conforme a lo dictado por el artículo 46 sobre los despidos justificados y sin responsabilidad del patrón, un despido será calificado como injustificado cuando no incurra en alguna de las causas enumeradas en el artículo 47 de la Ley Federal de Trabajo.

Además, también se califica como despido injustificado cuando la causa es alguna de las especificadas, pero el jefe omite notificar al trabajador o a la junta de la empresa; en caso de que haya un despido injustificado, el empleador está obligado a pagar la liquidación o indemnización correspondiente.




ER



  • Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de TELEDIARIO; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
  • t-icon