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SAT extiende plazo para emitir Carta Porte en formato digital para transportistas

El complemento en su nuevo formato entrará en vigor el 1 de diciembre de 2022; servirá para disminuir el contrabando.

Redacción Ciudad de México. /

El Servicio de Administración Tributaria informó que extenderá el plazo del periodo para emitir correctamente la factura electrónica del complemento Carta Porte sin multas y sanciones hasta el 31 de marzo de 2022.

El complemento Carta Porte es un documento que entrará en vigor en su nuevo formato digital el 1 de enero de 2022 y servirá, como hasta ahora, para registrar la información de los transportistas de bienes, dueños de mercancías y el modo de transporte de las mismas.

La Carta Porte permitirá a las autoridades federales identificar de una manera más fácil identificar a los operadores y medios de transporte, donde se realza el traslado de los bienes o mercancías a lo largo del país

Además, la Carta Porte le sirve a los transportistas de mercancías para acreditar la legal estancia o tenencia de los bienes que se trasladan en territorio nacional y se emite cuando realiza el servicio de llevar los productos de un lado a otro, mismos que pueden ser propios o de un patrón.

El SAT indicó que la Carta Porte no se requiere en la circulación de los vehículos dentro de las ciudades de donde son originarios, es decir, si algún chofer de bicicleta, motocicletas, automóviles o camiones entrega mercancías dentro de su localidad no necesita el documento; además, tampoco será necesario para camionetas y grúas de carga ligera que se ocupen en vías locales.

El objetivo del uso de la Carta Porte de forma digital es para, según la dependencia, disminuir el contrabando, además de contar con un mayor control en los productos y bienes que entran y circulan dentro del país.

“Aquellos que actualmente realizan contrabando, ya no podrán hacerlo. Tendrán que pagar sus impuestos por el ingreso de mercancía al territorio nacional. Esto generará un mercado más justo y piso parejo para los empresarios que cumplen con el pago de sus impuestos y acabará con la competencia desleal de quienes ingresan mercancías por medio del contrabando”, explicó el SAT.

El concepto de Carta Porte se estableció en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal desde el 22 de diciembre de 1993.

En 2004, se reafirmó el uso del Carta Porte en el Código de Comercio; sin embargo, desde ese momento y hasta la actualidad era en papel, el cual podía ser usado varias veces para distintos fletes, facilitando el contrabando.

KT

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