Qué pasa si mi empresa se declara SIN ganancias y NO me dan UTILIDADES
El reparto de utilidades es una prestación a la que todos los trabajadores tienen derecho por ley constitucional.
El reparto de utilidades es una prestación a la que todos los trabajadores tienen derecho, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo en México. Las empresas tienen hasta el 31 de mayo para entregarlas, aunque existen algunas excepciones.
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¿Quiénes deben entregar utilidades?
Las empresas que están obligadas a entregar utilidades son las siguientes:
- Empresas cuyas utilidades netas fueron de 300 mil pesos o más y que tengan más de un año en funcionamiento.
- Todas las unidades económicas de producción o distribución de bienes o servicios de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo.
- Todas las personas físicas o morales que tengan trabajadores a su servicio, sean o no contribuyentes del impuesto sobre la renta.
¿Quiénes no están obligados a entregar utilidades?
- Empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento.
- Empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento.
- Empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.
- Instituciones de asistencia privada reconocidas por leyes, que no tengan fines de lucro.
- El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
- Empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta no sea superior a 300 mil pesos.
- También están exentos del pago de utilidades trabajadores domésticos; directores, administradores y gerentes generales; profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado con el patrón.
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¿Qué pasa si mi empresa se declara sin ganancias?
De acuerdo con el Artículo 121 de la Ley Federal del Trabajo, si tu empresa se declara sin ganancias debe:
- Entregar a los trabajadores una copia de la presentación de su declaración anual, dentro de un plazo de 10 días, contando a partir de la fecha de la presentación de la misma.
- Presentar los anexos a la SHCP, los cuales quedarán a disposición de los trabajadores durante 30 días en las oficinas de la empresa y en la propia Secretaría.
- Es fundamental indagar si en verdad el patrón no ha obtenido utilidad a repartir, por lo que es necesario tener a la vista las declaraciones de cada uno de los años fiscales anteriores para corroborar si no ha existido cantidad liquida a repartir.
⚠️Si la empresa generó utilidades en el último ejercicio fiscal, no existe justificación para no realizar el #RepartodeUtilidades.
— STPS México (@STPS_mx) May 21, 2022
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¿Puedo denunciar que no me dieron utilidades?
Si el lugar donde trabajas se encuentra dentro de las empresas que están obligadas a entregar utilidades, puedes denunciar la falta de este derecho ante la Profedet.
La Profedet brinda asesoría, acompañamiento y representación jurídica gratuita para la defensa de tus derechos laborales.
Puedes contactarte a la Profedet a través de los siguientes medios:
- Teléfonos: 800 911 7877 y 800 717 2942
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