Aprueba Congreso de Guanajuato registro para deudores alimentarios
Quien incumpla con pensión alimenticia injustificada por más de 90 días será considerado como un deudor alimentario
En Guanajuato quien incumpla con la pensión alimenticia sin causa justificada por un período de más de 90 días, será considerado como un deudor alimentario y entrará dentro del registro estatal de deudores, medida que aprobó el congreso del estado de Guanajuato para proteger los derechos de los menores.
Para prevenir que el deudor alimentario intente vender, traspasar o modificar sus propiedades de bienes raíces con la finalidad de evadir sus responsabilidades, la Dirección General de Registros Públicos de la Propiedad y Notarías deberá inscribir la declaratoria de deudor alimentario en los inmuebles, en que este, sea propietario.
Se inscribirá en dicho registro, a petición de la autoridad judicial competente, la demanda de pago de pensión alimenticia, la medida provisional del pago de pensión o la sentencia dictada especificando el monto adeudado. Cabe destacar que una vez que se ponga al corriente con sus obligaciones, podrá solicitar se le borre del registro de deudores.
La pensión alimenticia debe considerar un equilibrio entre el ingreso del proveedor y las necesidades del menor acreedor, este concepto abarca todo lo que es necesario para la subsistencia del menor; Casa vestido, asistencia médica y educación.
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