CNDH pide proteger a menores con etiquetado frontal de alimentos
La comisión acusó que algunos representantes del sector privado inconformes solicitaron "un periodo de transición de dos años para su aplicación".
MÉXICO.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) afirmó que el etiquetado frontal de alimentos es una medida que contribuirá a prevenir y combatir la alta prevalencia de sobrepeso y obesidad infantil en México, por lo que hizo un llamado a las autoridades para priorizar la salud de los menores.
Denunció que "algunos representantes del sector privado han externado su inconformidad con su aplicación que generará un impacto desfavorable en la industria y solicitaron que se otorgue un periodo de transición de dos años para su aplicación".
La comisión también hizo un llamado a las autoridades de salud, protección a los consumidores, economía, trabajo y medio ambiente, "así como a las empresas productoras y comercializadoras de alimentos preenvasados", a privilegiar el interés superior de la niñez y adolescencia como criterio rector en todas las decisiones.
Argumentó que "los problemas de sobrepeso y obesidad en México deben plantearse y discutirse en términos de respeto, protección y garantía de los derechos humanos, ya que no sólo son el resultado de la responsabilidad y hábitos de vida de las personas, sino también de situaciones que les impiden acceder a derechos como una alimentación nutritiva y saludable, al agua potable, a la protección de la salud y a la información".
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2018 (Ensanut), 35.6 por ciento de niñas y niños entre 5 y 11 años en México presenta sobrepeso u obesidad, siendo mayor el porcentaje en áreas urbanas (37.9 por ciento) que rurales (29.7 por ciento).
Asimismo, entre las personas adolescentes de 12 a 19 años, el porcentaje total de ambos padecimientos alcanza el 38.4 por ciento nivel nacional.
El etiquetado frontal de los alimentos es obligatorio, producto de la reforma a la Ley General de Salud aprobada por el Congreso en 2018.
Y el 24 de enero los Comités Consultivos Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía y de Regulación y Fomento Sanitario de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) aprobaron la modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010.
Lo anterior se dirige al etiquetado de alimentos preenvasados y bebidas no alcohólicas, la cual establece lineamientos para incluir en sus envolturas y envases un etiquetado frontal que advierte al consumidor sobre la alta cantidad de azúcares, grasas trans, grasas saturadas, sodio y calorías que contienen.
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MÉXICO.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) afirmó que el etiquetado frontal de alimentos es una medida que contribuirá a prevenir y combatir la alta prevalencia de sobrepeso y obesidad infantil en México, por lo que hizo un llamado a las autoridades para priorizar la salud de los menores.
Denunció que "algunos representantes del sector privado han externado su inconformidad con su aplicación que generará un impacto desfavorable en la industria y solicitaron que se otorgue un periodo de transición de dos años para su aplicación".
La comisión también hizo un llamado a las autoridades de salud, protección a los consumidores, economía, trabajo y medio ambiente, "así como a las empresas productoras y comercializadoras de alimentos preenvasados", a privilegiar el interés superior de la niñez y adolescencia como criterio rector en todas las decisiones.
Argumentó que "los problemas de sobrepeso y obesidad en México deben plantearse y discutirse en términos de respeto, protección y garantía de los derechos humanos, ya que no sólo son el resultado de la responsabilidad y hábitos de vida de las personas, sino también de situaciones que les impiden acceder a derechos como una alimentación nutritiva y saludable, al agua potable, a la protección de la salud y a la información".
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2018 (Ensanut), 35.6 por ciento de niñas y niños entre 5 y 11 años en México presenta sobrepeso u obesidad, siendo mayor el porcentaje en áreas urbanas (37.9 por ciento) que rurales (29.7 por ciento).
Asimismo, entre las personas adolescentes de 12 a 19 años, el porcentaje total de ambos padecimientos alcanza el 38.4 por ciento nivel nacional.
El etiquetado frontal de los alimentos es obligatorio, producto de la reforma a la Ley General de Salud aprobada por el Congreso en 2018.
Y el 24 de enero los Comités Consultivos Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía y de Regulación y Fomento Sanitario de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) aprobaron la modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010.
Lo anterior se dirige al etiquetado de alimentos preenvasados y bebidas no alcohólicas, la cual establece lineamientos para incluir en sus envolturas y envases un etiquetado frontal que advierte al consumidor sobre la alta cantidad de azúcares, grasas trans, grasas saturadas, sodio y calorías que contienen.
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