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¿Cómo debo calcular mi aguinaldo? 

 La Secretaría del Trabajo y Prevención Social señala que las empresas deben de cumplir con el pago de esta prestación antes del 20 de diciembre.

Editorial Telediario Nacional /

MONTERREY.- Diciembre es uno de los meses más esperados, no solo por la Navidad y el Fin de Año, sino porque es la temporada en la que los trabadores de todas las empresas reciben el aguinaldo.

De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, esta es una prestación obligatoria para todos los empleados y se debe de pagar al menos 15 días del sueldo base del empleado que laboró todo el año en la misma compañía.

"Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, por lo menos".

Para calcular el monto, se debe dividir el sueldo mensual bruto y sin prestaciones entre 30, y el resultado se multiplica por los días de aguinaldo que otorga la empresa.

Por ejemplo una persona que gana 8 mil pesos mensuales antes de impuestos, percibe un sueldo diario de 266 pesos. Multiplicado por los 15 días que marca la Ley, el empleado debería recibir 3 mil 999 pesos de aguinaldo.

Esta prestación no es exclusiva para los trabajadores que laboraron todo el año en la misma empresa. Los empleados que se incorporaron durante el año, deberán recibir la parte proporcional de los días que laboraron.

Siguiendo con ejemplo, si la persona laboró seis meses, es decir 182 días del año. Se realizará esta operación. Dividir el aguinaldo completo entre los 365 días del año y el resultado multiplicarlo por los días laborados. En este caso, el empleado debería recibir mil 994 pesos.

 La Secretaría del Trabajo y Prevención Social señala que las empresas deben de cumplir con el pago de esta prestación antes del 20 de diciembre.

De no ser así, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo asesora de manera gratuita para que se reciba dicha prestación de ley.

mmr 

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