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Confirma TEPJF violaciones durante veda electoral en otras tres mañaneras de abril

Las conferencias de prensa del Presidente realizadas el 16, 19 y 20 de abril, deberán ser eliminadas, ya que se afectó al proceso electoral en general.

Editorial Telediario Nacional /

NACIONAL.- La Sala Especializada del Tribunal Electoral confirmó que, nuevamente, en tres conferencias mañaneras de abril el presidente Andrés Manuel López Obrador violó la veda electoral y faltó a sus deberes de imparcialidad y neutralidad para no afectar el proceso electoral, por lo que el titular del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (Cepropie), su vocero y 188 concesionarias de radio y televisión deberán ser sancionados.

Por ello, enviaron un nuevo llamado a López Obrador “para que utilice adecuadamente los recursos públicos a los cuales tiene acceso”, y fue vinculado “por conducto de la Consejería Jurídica para que en ejercicio de sus facultades, competencias y funciones, considere revisar y modificar en su caso, la normatividad atinente en propaganda gubernamental e impulsar las acciones de cualquier otro carácter encaminadas a cumplir con los principios constitucionales”.

El proyecto del magistrado Espíndola incluía que esta sentencia se publicara en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para dejar sustento de la recurrencia en las faltas desde las mañaneras, y que se remitiera a todas las secretarías de Estado para que se rijan bajo estos lineamientos en sus participaciones en estas conferencias, pero dos magistrados lo rechazaron, por lo que, por mayoría, fue desechado. 

Hace una semana, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la determinación de la Sala Regional Especializada en la que determinó que, por tres mañaneras de mayo, el Presidente generó inequidad en las elecciones de Nuevo León y San Luis Potosí. Ahora, esta última Sala sumó tres mañaneras más realizadas el 16, 19 y 20 de abril, en las que se afectó al proceso electoral en general.

“Del análisis de las declaraciones realizadas en la conferencia del 16 de abril, el Pleno advirtió que el mandatario hizo mención expresa, con apoyo de un cuadro informativo, de programas sociales, refiriendo las cifras relativas al número de personas que se beneficiaron de su implementación.

"En el caso de las conferencias del 19 y 20 de abril, se acreditó la existencia de distintas expresiones que vulneran el principio de equidad en la contienda al formular un posicionamiento en contra de partidos políticos en el contexto de los procesos electorales en curso, al referirse a un partido conservador y su relación con la obtención de la mayoría en la Cámara de Diputaciones para manejar el presupuesto y eliminar los programas sociales implementados en su administración”, indica el proyecto.

El magistrado Luis Espíndola, ponente del proyecto, señaló que quedan actualizadas las infracciones de los servidores públicos, así como de 188 concesionarias de radio y televisión. Tanto el presidente Andrés Manuel López Obrador como su vocero Jesús Ramírez y el titular de Cepropie, Erwin Sigrid Frederick Neumaier de Hoyos hicieron uso indebido de recursos públicos al ocupar empleados públicos para la logística y realización de las mañaneras consideradas ilícitas. 

Tanto el presidente Andrés Manuel López Obrador como su vocero Jesús Ramírez y el titular de Cepropie, Erwin Sigrid Frederick Neumaier de Hoyos hicieron uso indebido de recursos públicos al ocupar empleados públicos para la logística y realización de las mañaneras consideradas ilícitas. 

Por lo que el Órgano Interno de Control de la Oficial de la Presidencia y López Obrador deben sancionar a estos dos funcionarios. Además, el vocero deberá eliminar de todas las plataformas en las que se hagan publicado estas mañaneras, cualquier material gráfico o relacionado con éstas, y colocar en su lugar un extracto de la sentencia.

Mientras que las concesionarias incurrieron en un ilícito “porque desviaron los objetos lícitos a las que están obligados, puesto que publicaron las expresiones del Presidente que se consideraron como infractoras”. La sentencia declaró la inexistencia de responsabilidad para Morena, porque conforme a jurisprudencia, los partidos políticos no son responsables de las conductas de sus militantes cuando actúan en su calidad de servidores públicos, a pesar de que el PAN pedía sancionar también al partido.

Rja

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