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Conoce si tienes derecho a recibir utilidades en este año 

La fecha límite que tienen las empresas para realizar el reparto de utilidades entre sus empleados es el 30 de mayo.

Editorial Telediario Nacional /

ESPECIAL.- De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), el reparto de utilidades es un derecho constitucional que tienen los empleados en México para recibir una parte de las ganancias que obtiene la empresa o el patrón para quien laboran, siempre y cuando éstas se generen.  

 

La fecha límite que tienen las empresas para realizar el reparto de utilidades entre sus empleados es el 30 de mayo, mientras que las personas físicas con actividad empresarial cuentan hasta el 29 de junio para llevarlo a cabo.  

Conoce si tienes derecho a recibirlas 

 

Tienen derecho a recibir utilidades todas las y los trabajadores de la empresa, independientemente de que ya no laboren en la misma. Sin embargo, se debe haber trabajado al menos 60 días en la empresa. 

En cambio, no tienen derecho al reparto de utilidades los trabajadores domésticos; directores, administradores y gerentes generales; profesionistas, artesanos, técnicos y otros que presten un servicio mediante el pago de honorarios sin existir una relación de trabajo subordinado. 

 

Con más detalle, el artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo establece que el derecho de los trabajadores a participar en el reparto de utilidades se ajustará a las siguientes normas: 

  • Los directores, administradores y gerentes generales de las empresas no participarán en las utilidades. 

  • Los demás trabajadores de confianza participarán en las utilidades de las empresas, pero si el salario que perciben es mayor del que corresponda al trabajador sindicalizado de más alto salario dentro de la empresa, o a falta de esté al trabajador de planta con la misma característica, se considerará este salario aumentado en un veinte por ciento, como salario máximo. 

  • El monto de la participación de los trabajadores al servicio de personas cuyos ingresos deriven exclusivamente de su trabajo, y el de los que se dediquen al cuidado de bienes que produzcan rentas o al cobro de créditos y sus intereses, no podrá exceder de un mes de salario. 

  • Las madres trabajadoras, durante los períodos pre y postnatales, y los trabajadores víctimas de un riesgo de trabajo durante el período de incapacidad temporal, serán considerados como trabajadores en servicio activo. 

  • Los trabajadores del establecimiento de una empresa forman parte de ella para efectos de la participación de los trabajadores en las utilidades. 

  • Los trabajadores domésticos no participarán en el reparto de utilidades. 

  • Los trabajadores eventuales tendrán derecho a participar en las utilidades de la empresa cuando hayan trabajado sesenta días durante el año, por lo menos. 

 

 

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