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Debe Pemex entregar informe de explosión en Salamanca   

La paraestatal había reservado la información por tres años, sin embargo el INAI determinó procedente la entrega pues no entorpece la investigación en curso

Editorial Telediario Nacional /

Pemex Transformación Industrial (Pemex TI) deberá dar a conocer el Informe Final de la Investigación Causa Raíz, sobre el accidente ocurrido en la Terminal de Almacenamiento y Despacho de Salamanca, Guanajuato, el 15 de marzo de 2017 instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

El Informe Final de la Investigación Causa Raíz se realizó con motivo de la explosión en la Terminal de Almacenamiento y Despacho de Pemex TI, en Salamanca, mientras se llevaban a cabo actividades de destape de la línea de combustóleo, que dejó ocho trabajadores fallecidos. 

“El derecho de acceso a la información en este caso privilegia, sin duda, un interés público general y colectivo sobre el individual, dado que rinde cuentas del actuar del sujeto obligado respecto al incidente, así como de los motivos por los que ocurrió tan lamentable hecho”, afirmó la comisionada María Patricia Kurczyn Villalobos al presentar el caso ante el Pleno. 

En respuesta al particular interesado en conocer el informe, Pemex reservó la información por un periodo de tres años, con el argumento de que su difusión causaría un daño al curso de las investigaciones realizadas por el Ministerio Público del estado de Guanajuato.  Inconforme con la reserva de información, el particular presentó un recurso de revisión ante el INAI. En alegatos, Pemex TI reiteró su respuesta inicial. 

No obstante, en el análisis del caso, a cargo de la ponencia de la comisionada Kurczyn Villalobos, se concluyó que, si bien la información requerida en principio actualiza la causal de reserva invocada, al estar inmersa en una carpeta de investigación en curso, sin embargo, debe prevalecer el derecho de acceso a la información pública. 

Tras aplicar una prueba de interés público, con base en los principios de idoneidad necesidad y proporcionalidad, se determinó que el derecho de acceso a la información sobre el accidente ocurrido en la terminal de Salamanca brinda a la sociedad la posibilidad de conocer y evaluar el desempeño de la autoridad en estos hechos, que causaron el fallecimiento de tres trabajadores. 

Se advirtió también que el acceso al informe requerido permitirá transparentar las acciones y omisiones relacionadas con dicho evento y daría cuenta de los hechos  o circunstancias que pudieron haber generado el incidente, así como de las condiciones en que operaba la terminal. 

Por lo expuesto, el Pleno del INAI revocó la respuesta de Pemex Transformación Industrial y le instruyó entregar al particular el Informe Final de la Investigación Causa Raíz. En caso de que el documento contenga datos susceptibles de ser clasificados se deberá elaborar una versión pública.

La comisionada Patricia Kurczyn precisó que esta resolución se emite en estricto acatamiento a la sentencia del Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, en el amparo en revisión R.A. 369/2018, misma que confirmó la sentencia emitida por el Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México en el juicio de amparo 264/2018-VIII, en la que se ordenó al Pleno del INAI dejar insubsistente la resolución dictada al recurso de revisión RRA 7683-17, del 14 de febrero de 2018 y se instruyó para que emitiera una nueva en la que se aplicara una prueba de interés público.

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