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Patrones deben pagar internet y energía eléctrica si haces 'Teletrabajo' 

La modalidad de 'teletrabajo' ya es regulada a través de la Ley Federal del Trabajo.

Editorial Telediario Nacional /

Puebla. Evelin es una joven que desde el inicio de la pandemia por Covid-19 en marzo del año pasado, tuvo la oportunidad de practicar teletrabajo.

La modalidad de trabajar desde casa conocida como teletrabajo, se incrementó en el país desde el inicio de la pandemia por Covid-19. este martes 12 de enero entró en vigor la reforma a la Ley Federal del Trabajo que reconoce el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al establecimiento del patrón.

El artículo 311 establece el momento en que el trabajo se vuelve teletrabajo, y determina cómo se llevará a cabo el pago de servicios como internet, energía eléctrica y telefonía, así como, la entrega de implementos de trabajo para desarrollarlo en casa. Cabe señalar que el salario debe ser el mismo que el captado en la modalidad presencial.

Para quienes no cuenten con esta serie de derechos, existen canales para levantar una queja y poder solucionar el conflicto existente.

Es importante mencionar que la ley federal del trabajo, establece sanciones para los patrones y/o empleados que no respeten los nuevos lineamientos de la reforma presentada.

INFORMACIÓN: MARIANA FLORES, TELEDIARIO PUEBLA

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