Pide INAI garantizar a indígenas acceso a información
Pide hacer ajustes para atender solicitudes de personas que no hablan español.
México, 3 Sep (Notimex).- El Instituto Nacional de Transparencia Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) exhortó a los sujetos obligados a realizar los ajustes razonables en la atención de solicitudes de la población indígena, para garantizar su derecho de acceso a la información.
A través de un comunicado, el organismo autónomo indicó que su pleno ordenó a la Secretaría de Educación Pública (SEP) atender la solicitud de información de un particular en la lengua indígena ch´ol y en versión de audio.
Al presentar el asunto ante el pleno, el comisionado Oscar Guerra Ford indicó que posicionar este tipo de asuntos en público permite llamar a los sujetos obligados para hacer efectivas estas situaciones y extender este derecho para que otras personas, cuya lengua materna sea indígena o tengan una discapacidad, puedan ejercer este derecho.
Subrayó que de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en el año 2015, el 6.5 por ciento de la población en México hablaba una lengua indígena y tres de cada 100 sólo podían expresarse en su lengua materna.
El INAI refirió que un particular solicitó la información sobre en qué mes y año se concluyó la construcción de la escuela Jaime Nuño, de la comunidad de Cuauhtémoc Cárdenas, municipio de Palenque, Chiapas, en lengua indígena ch´ol y en versión de audio.
Al respecto, el sujeto obligado proporcionó su respuesta en español, orientando al particular a realizar una nueva solicitud ante la Secretaría de Educación del Estado de Chiapas, o bien, ante el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa (Inifed), a través de sus propios mecanismos de transparencia, o mediante la Plataforma Nacional de Transparencia.
Debido a que el particular se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el INAI, el comisionado se apoyó con el Centro de Estudios de Investigaciones en Lenguas de la Universidad Intercultural del Estado de Tabasco, para garantizar al particular su derecho de acceso a la información.
Después de un análisis se determinó que la SEP no era el sujeto obligado competente para responder a esta petición, porque no se advirtió unidad administrativa que pudiera pronunciarse al respecto.
Sin embargo, el sujeto obligado debió aplicar ajustes razonables, efectuando modificaciones y adaptaciones en la respuesta que otorgó, proporcionándola mediante un formato de audio o lectura en voz de la misma, o bien, manifestar una explicación o justificación para no atender la modalidad elegida por la particular.
Guerra Ford detalló que la solicitud fue presentada a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, misma que cuenta con una opción denominada ajustes razonables, a través de la cual los particulares pueden especificar el formato en que desean recibir la información y requerimientos particulares como uso de lenguaje braille o en este caso audio en lengua indígena.
Finalmente, se indicó que a petición del comisionado, el pleno del Instituto Nacional de Transparencia modificó la respuesta de la SEP y le instruyó atender la solicitud de información en la lengua indígena ch´ol, mediante versión de audio de la información.
En caso de que la modalidad de entrega elegida no pueda ser atendida, la dependencia deberá indicar el motivo y/o justificación que le impide proporcionar la información en una versión de audio en la lengua indígena ch´ol, de acuerdo con lo previsto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
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