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SCJN declara inconstitucional penalizar el aborto en México 

Por unanimidad de sus 10 ministros presentes, la Corte declaró inconstitucional sancionar penalmente a las mujeres que aborten.

Editorial Telediario Nacional /

CIUDAD DE MÉXICO.- Este lunes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la despenalización de la interrupción del embarazo en su etapa inicial, por lo que no se podrá sancionar a las mujeres que decidan abordar en cualquier parte de México. 

Sin embargo, pese a que desde hace 13 años la corte ya había emitido precedentes, con la despenalización del aborto hasta la semana 12 en el Distrito Federal, hoy Ciudad de México, los congresos estatales modificaron sus códigos para privar de este derecho a las mujeres, derivado de la presión de organizaciones y de la Iglesia.  

Hoy, por unanimidad de sus 10 ministros presentes, la Corte declaró inconstitucional sancionar penalmente a las mujeres que aborten. 

El Pleno declaró inconstitucional el artículo 196 del Código Penal del estado de Coahuila que penalizaba el aborto en su etapa inicial y lo sancionaba de uno a tres años de prisión, sin importar los motivos. 

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Por tratarse de una acción de inconstitucionalidad y debido a la reforma judicial, la sentencia tiene efectos generales, acabando con ello con la prohibición absoluta de la interrupción del embarazo en su etapa inicial. 

La ministra Margarita Ríos-Farjat y su homólogo se sumó al bloque de ministros que se pronunciaron a favor de la despenalización del aborto. 

El único ministro que no votó fue Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien no asistió a la sesión por causas de fuerza mayor, informó el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. 

 

 

 

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