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Suprema Corte no se pronunciará sobre Ley de la Guardia Nacional

Un ministro solicitará revocar un amparo que reclama que el estatuto discrimina a los agentes de la Policía Federal porque no les reconoce grado o condecoraciones obtenidos durante su carrera, entre otros aspectos.

Editorial Telediario Nacional /

MÉXICO. - La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no se pronunciará sobre la constitucionalidad de la Ley de la Guardia Nacional, porque un ministro solicitará revocar el amparo otorgado a Edgar Gerardo Lomelí Anaya, quien reclamó que el estatuto discrimina a los agentes de la Policía Federal porque no les reconoce grado o condecoraciones obtenidos durante su carrera, entre otros aspectos.

El 3 de octubre de 2019, Francisco Javier Rebolledo Peña, juez Sexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, amparó al quejoso tras considerar que los artículos 13 y 14 de la Ley de la Guardia Nacional “violan el derecho de igualdad” previsto en el artículo 1 de la Constitución Federal, dado que “otorgan un trato desigual a los elementos pertenecientes a la PF en relación con los de las Policías Militar y Naval que se incorporen a la Guardia Nacional”.

Sin embargo, el ministro Alberto Pérez Dayán, quien presentará su proyecto de sentencia a sus homólogos de la Segunda Sala el próximo 11 de noviembre, propondrá revocar el amparo y sobreseer el asunto.

De ser avalada su propuesta, evitará que la Corte se pronuncie sobre la constitucionalidad de los artículos.

 

 

En el documento que será analizado, el ministro indicó que, al promover el amparo, Lomelí Anaya demostró con un recibo de pago correspondiente al periodo del 16 al 31 de julio de 2019, que era elemento de la Policía Federal adscrito a la División de Fuerzas Federales.

"Bajo ese escenario, el quejoso adujo que la normatividad que regula (la) transición de la Policía Federal a la Guardia Nacional viola derechos derivados de la prestación del servicio—sueldo, grado y demás aspectos vinculados con el sistema de carrera policial—.”

No obstante, el entonces secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Alfonso Durazo, informó que Edgar Gerardo Lomelí, causó bajo por renuncia a partir del 15 de febrero de 2020, y para demostrarlo, exhibió las constancias de acuerdo de conclusión de servicio, que el 13 de febrero celebraron la PF y el agente con cargo de Policía Tercero, que contienen las cláusulas:

“Primera. El policía de manera libre y voluntaria desea dar por concluido su servicio para la Policía Federal… Segunda. Que la PF acepta de conformidad la conclusión de los servicios del policía”.

Al oficial se le entregó una compensación económica por 342 mil 783 pesos. Pérez Dayán aseguró que el escrito de renuncia cuenta con la firma del agente y su huella digital.

Como ya no está sujeto a la regulación de la transición de la PF a la Guardia Nacional, las normas de la nueva corporación policiaca “no afectan su situación” y, por ende, “no le causan perjuicio”, indica el proyecto del ministro.

El amparo concedido al quejoso fue impugnado por diversas dependencias federales y el asunto fue radicado en el Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, el cual admitió a trámite el caso el 15 de noviembre de 2019, y después turnó el asunto a la Suprema Corte.

 

 

 

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