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¿Se dañó tu auto por baches? CdMx paga las averías

Si tu auto fue víctima de baches, el Gobierno de la Ciudad de México te pagará los daños ocasionados. Te decimos cómo.

Editorial Telediario Nacional /

CIUDAD DE MÉXICO.- Transitar por la Ciudad de México suele ser todo un reto debido a la gran cantidad de baches e imperfecciones que hay en calles y avenidas. Conscientes de ello, las autoridades cuentan con un programa en el que te pagan los daños ocasionados por los desperfectos en las vialidades.

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El Gobierno de la Ciudad de México cuenta con el programa de Indemnización por Baches con el que se ofrece apoyo económico para sanar los daños de los vehículos.

¿Cómo solicitar el apoyo del programa?

Si tu auto fue víctima de los baches capitalinos, debes acudir al área de Atención Ciudadana de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Agencia de Gestión Urbana (Área de Siniestros) donde deberás presentar una serie de documentos.

Ahí deberás entregar el formato de pago de la aseguradora correspondiente, firmar una constancia de perdón o deslindamiento para recibir el instrumento de pago.

Si tu trámite procede, el pago se te realizará en un máximo de 30 días hábiles.

Los requisitos que debes presentar son:

  • Identificación oficial: INE, carta de naturalización (en caso de no ser mexicano), cartilla del Servicio Militar Nacional, Cédula Profesional o  pasaporte (original y copia).
  • Carta poder firmada ante testigos.
  • Poder notarial e identificación oficial del representante o apoderado.
  • Comprobante de domicilio.
  • Acta de hechos emitida por el Juzgado Cívico y dictamen efectuado por el que éste designe.
  • Escrito libre dirigido a la Agencia de Gestión Urbana de la Ciudad de México en el que se consignen los daños materiales del vehículo.
  • Recibo de pago por concepto deducible de la empresa aseguradora,

En algunos casos se solicitarán las facturas originales de las refacciones o equipos utilizados para la reparación a nombre del dueño del vehículo, así como la copia de factura. o bien una carta factura no mayor a 30 días.

Si tienes alguna duda o deseas saber más acerca de este programa, puedes consultarlo en este enlace.

 

ZNR

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