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AMLO respeta resolución de la SCJN que invalida espionaje del Ejército sin orden

La Corte invalidó diversas fracciones del Código Militar de Procedimientos Penales que permitían al Ejército intervenir comunicaciones privadas y realizar cateos, sin previa autorización de un juez civil.

Pedro Domínguez Ciudad de México /

El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador aseguró que su gobierno respeta la resolución de la Suprema Corte que determinó invalidar diversas fracciones del Código Militar de Procedimientos Penales que permitían al Ejército intervenir comunicaciones privadas y realizar cateos, sin previa autorización de un juez civil.

En la conferencia mañanera de Palacio Nacional dijo que desde sí se lleva una contabilización de cuántas veces se ha solicitado a un juez autorización para intervenir comunicaciones.


“Lo que resolvió ayer la corte se respeta porque lo venimos haciendo, no se puede utilizar ninguna acción de investigación de inteligencia si no hay una orden judicial”, señaló.

Ayer, invalidó diversas fracciones del Código Militar de Procedimientos Penales que permitían al Ejército intervenir comunicaciones privadas y realizar cateos, sin previa autorización de un juez civil.

Por tratarse de un tema penal, el fallo de la Corte tendrá efectos retroactivos al 17 de mayo de 2016, fecha en que entró en vigor la reforma al Código Militar, por lo que todos los juicios que se hayan basado en pruebas obtenidas mediante intervenciones de comunicaciones realizadas su autorización de un juez del fuero civil deberán ser invalidadas.

El caso derivó de una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), misma que impugnó diversos artículos son transgresores de los artículos 13 y 16 de la Constitución, ya que extienden la jurisdicción militar indebidamente facultando a ésta, intervenir comunicaciones privadas.

Los artículos impugnados determinan que los militares pueden iniciar investigaciones, por la posible comisión de ilícitos, practicando la intervención de comunicaciones privadas, informando al ministerio público y jueces de control sobre dichas comunicaciones intervenidas; de igual forma se faculta a los militares el poder destruir los registros de dichas comunicaciones.




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