“Cometen una falta a la Ley General de Salud”: López-Gatell a instituciones de salud
El subsecretario justificó el desfase de datos entre el gobierno y la plataforma GISAID por la falta de notificación de las “instituciones públicas” hacia la autoridad sanitaria.
Debido al aumento de casos de la variante ómicron, el subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López-Gatell, justificó el desfase de datos entre el gobierno federal y la plataforma GISAID (Global Initiative on Sharing All Influenza Data) por la falta de notificación de las “instituciones públicas” hacia la autoridad sanitaria, lo que constituye “una falta a la Ley General de Salud”.
Luego de que se reportaran 25 casos de la variante de preocupación del covid-19, considerando la información de la plataforma GISAID, cuando el gobierno sólo había oficializado, hasta hace una semana, tres contagios importados.
López-Gatell, en su cuenta de Twitter, responsabilizó a la falta de cumplimiento de las instituciones, aunque no hizo referencia directa al Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos (INDRE), su responsabilidad de notificar al gobierno federal antes que de hacerlo a las instancias internacionales.
“Las instituciones de salud públicas y privadas tienen la obligación de notificar al gobierno de México, a través del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, sobre los casos de covid-19 y estudios de secuenciación genética. Incumplir es una falta a la Ley General de Salud”, publicó el funcionario federal.
En La Mañanera de Palacio Nacional, López-Gatell hizo referencia a un instituto (no mencionó al encargado de liderar los procesos de secuenciación, al Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológica) por solo notificar a la plataforma internacional GISAID sin considerar a las autoridades sanitarias nacionales que son las encargadas de la estrategia y de la política tanto de control como de mitigación de la pandemia.
"Hasta el momento tenemos 23 muestras identificadas (de la variante ómicron), tres estudiadas a detalles, hay 20 detectadas que fueron secuenciadas en un instituto nacional de salud, este instituto todavía no ha completado lo que está obligado a hacer que es informar al sistema de vigilancia epidemiológica.
Vamos a hacer un recordatorio a todas las instituciones de salud públicas y también a todas las dependencias privadas, que, de acuerdo a la Ley General de Salud, tienen la obligación de notificar de manera inmediata y notificar a la autoridad mexicana sanitaria; es muy útil que compartan información en plataformas globales, pero el incumplir con notificación hacia el gobierno de México es una falta importante", explicó.
Si bien, en un estado de excepción como es la emergencia, la rectoría de todo lo relacionado a la pandemia recae en la Secretaría de Salud, los institutos nacionales de salud tienen su propia personalidad jurídica, son autónomos y desde hace años reportan a GISAID, que surgió como una iniciativa internacional desde 2008 para atender amenazas de enfermedades infecciosas que comprometan la salud y la economía mundial.
Los institutos nacionales también cuentan con su propio marco jurídico, donde se establece que éstos “gozarán de autonomía técnica, operativa y administrativa en los términos de esta ley, sin perjuicio de las relaciones de coordinación sectorial que correspondan”.
La Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad (CCINSHAE) se encarga de regular la labor de 13 organismos donde se concentran los científicos e investigadores, además, de que hay instituciones que también ofrecen servicio médico.
Los organismos descentralizados, como son los institutos nacionales de salud, tienen como misión realizar estudios e investigaciones clínicas, epidemiológicas, experimentales, de desarrollo tecnológico y básicas, en las áreas biomédicas y socio-médicas de acuerdo con el campo de sus especialidades para la comprensión, prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades, rehabilitación de los afectados, así como para promover medidas de salud.
Su labor consiste en publicar los resultados de las investigaciones y trabajos que realice, integrándolos al Repositorio Nacional de Acceso Abierto a Recursos de Información Científica, Tecnológica y de Innovación, de Calidad e Interés Social y Cultural, de conformidad con lo estipulado en la Ley de Ciencia y Tecnología.
Asimismo, promover y realizar reuniones de intercambio científico, de carácter nacional e internacional, y celebrar convenios de coordinación, intercambio o cooperación con instituciones afines. Formar recursos humanos en sus áreas de especialización, así como en aquellas que le sean afines.
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