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Reforma de supremacía constitucional ahora es ley; Sheinbaum la publica en el DOF

Luego de que fue aprobada por diputados, senadores y congresos locales, la reforma de supremacía constitucional se convirtió en una ley y se frenan los amparos contra próximos cambios hechos en la Constitución.

Armando Martínez Ciudad de México. /

La reforma de supremacía constitucional —que vuelve improcedentes los juicios de amparo contra las modificaciones o adiciones a la Constitución— ahora es ley, pues la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, la publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Durante las últimas horas del jueves 31 de octubre, Sheinbaum publicó la supremacía constitucional, con el que se establecen cambios al primer párrafo de la fracción II del artículo 107 y se adiciona un quinto párrafo al artículo 105 de la Constitución, en materia de inimpugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución.

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¿Qué cambios se hicieron a la Constitución con la nueva reforma de supremacía?

Con la nueva ley, aprobada por las cámaras de Diputados, Senadores y los congresos locales, se hicieron modificaciones a dos artículos de la Constitución de México: 105 y 107, con lo que se vuelven improcedentes los amparos y controversias constitucionales en contra de futuras reformas aprobadas:

El párrafo que se adiciona al artículo 105 ahora se lee: “son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a esta Constitución”.

Claudia Sheinbaum publicó en el DOF la reforma de supremacía constitucional | Presidencia
Claudia Sheinbaum publicó en el DOF la reforma de supremacía constitucional | Presidencia

Mientras que el artículo 107 ahora establece: “Las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo sólo se ocuparán de personas quejosas que lo hubieren solicitado, limitándose a ampararlas y protegerlas, si procediere, en el caso especial sobre el que verse la demanda. Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las sentencias que se dicten fijarán efectos generales. No procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a esta Constitución”.

La publicación de la nueva reforma se dio luego de que, minutos después de las 20:30 horas del miércoles 30 de octubre, la Cámara de Diputados avaló la reforma en materia de supremacía constitucional.

En respuesta inmediata, los Congresos locales de algunas de las 32 entidades comenzaron a sesionar para pasar la propuesta y convertirla en ley. El jueves 31, antes de las 13:00 horas, se logró la aprobación en la mayoría de congresos locales, es decir, en 17 de los 32.

Por la tarde, la Cámara de Diputados y el Senado de la República, declararon la constitucionalidad de la reforma, dejando que sólo faltara su publicación en el DOF por parte del Poder Ejecutivo para su transformación en ley.

¿Qué dijo la oposición de la reforma a la supremacía constitucional?

Cuando la ley todavía era discutida por los legisladores, la oposición aseguró que esta nueva reforma violaba los principios de protección a los derechos humanos, eliminando la posibilidad de presentar una inconformidad contra reformas que atenten con la ley o presentes inconsistencias .

“Viola el principio de control constitucional, viola el principio de no retroactividad y protección de los derechos humanos; viola el principio de supremacía constitucional, elimina la posibilidad de presentar inconformidades contra reformas que sean no legales, que incurran en inconsistencias y que sean fraudulentas”, dijo Alejandro Moreno, presidente nacional del PRI.

KT​

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