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Fiscalía de Edomex gira orden de aprehensión contra hombre que arrojó a perrito a cazo en Tecámac

La legislación de Edomex contempla penalidades de tres a seis años de prisión y de 200 a 400 días multa, a quien cause la muerte de un animal.

Mario C. Rodríguez y Lauro Galicia Estado de México /

El Juez de Control Especializado en Línea, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, libró orden de aprehensión en contra de Sergio “N”, por su probable intervención en el hecho delictuoso de Maltrato Animal.

El domingo 28 de mayo, la Fiscalía General de Justicia del Estado de México recibió denuncia por parte de un sujeto de identidad reservada, en la que refirió que Sergio “N”, ingresó a su carnicería ubicada en el poblado de San Pablo Tecalco municipio de Tecámac, lo agredió verbalmente, lo amagó con un instrumento punzocortante y al momento de salir del establecimiento sujetó a uno de los caninos que se encontraban en ese lugar y lo arrojó dentro de un cazo con aceite hirviendo, lo que le ocasionó la muerte.

La Fiscalía del Estado de México, con apoyo de la Comisión Nacional Antihomicidio (CONAHO) de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana federal, de la Secretaría de Seguridad Ciudadana CdMx y de la Secretaría de Seguridad Edoméx, lograron identificar a Sergio “N” como probable responsable del hecho delictuoso de Maltrato Animal. 

La autoridad  obtuvo la orden de aprehensión correspondiente que será cumplimentada próximamente, ello sin perjuicio de su probable responsabilidad en la comisión de otros delitos que se actualicen en el marco de estos hechos.

​¿Cómo se castiga el maltrato animal en Edomex?

El Estado de México cuenta con leyes para la debida protección de la vida y trato digno hacia los animales, como lo establecen los artículos 235 Ter y 235 Quater del Código Penal vigente en la entidad mexiquense, disposiciones que contemplan penalidades de tres a seis años de prisión y de 200 a 400 días multa, a quien cause la muerte por cualquier medio y prolongue la agonía de un animal que no constituya plaga.

Por su parte el Código para la Biodiversidad del Estado de México sanciona el Maltrato Animal con el objeto de impedir crueldad, sufrimiento y maltrato hacia cualquier especie animal doméstico, motivo por el cual se dio intervención a la Procuraduría de Protección al Ambiente de la entidad, a fin de que inicie el procedimiento administrativo procedente. A este sujeto se le debe considerar inocente hasta en tanto se dicte una sentencia definitiva en su contra.



CMOG 


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