Fiscalía de Puebla revela caso de "niño sicario de Xilotzingo"; ha sido detenido 3 veces
De acuerdo con la autoridad ministerial, el menor ha sido detenido por portación de armas, droga, así como robo a casa y transeúnte.
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La Fiscalía General del Estado de Puebla (FGE) presentó en conferencia de prensa el caso de un menor de 13 años que ha sido detenido al menos en tres ocasiones, quien sería reconocido como un "niño sicario" en Xilotzingo.
El fiscal especializado en Derechos Humanos, Ulises Sandal Ramos Koprivitza, reveló que a su corta edad, el menor ya tiene un historial delictivo en el que ha sido detenido por portación de armas, droga, así como robo a casa y transeúnte.
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Detalló que en 2022 el menor de edad fue detenido dos veces, la primera en junio de 2022 por el delito de robo a casa habitación, la segunda por presunto robo a transeúnte y la más reciente en septiembre de 2023.
"Hubo una tercera ocasión que fue el 5 septiembre del año en curso por delitos contra la salud y portación de instrumento prohibido. Esa carpeta se está integrando, se está investigando actualmente bajo las condiciones del grupo etario 1, que es al que pertenece", reveló el fiscal especializado en Derechos Humanos.
Asimismo, Ulises Sandal Ramos puntualizó que el Ministerio Público solicitó la intervención del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Puebla (DIF) para seguimiento en el núcleo familiar pues se valora la condición de abandono y descuido.
El caso del llamado "niño sicario" salió a la luz debido a diversas denuncias de vecinos de la colonia Xilotzingo, en la ciudad de Puebla, quienes señalan al menor de edad de atemorizar y delinquir en la zona, e incluso afirman que hasta porta un arma de fuego.
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¿Los menores de edad pueden ser juzgados?
De acuerdo con la Ley General de Justicia para Adolescentes, esta se aplicará a quienes se les atribuya o compruebe la realización de una o varias conductas tipificadas como delito competencia de las autoridades federales y tengan al momento de la comisión de dichas conductas, entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad.
Asimismo, establece que en ningún caso podrá aplicarse al adolescente o adulto joven la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.
Para fines de esta ley se consideran adolescentes las personas de entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad a quienes se les atribuya o compruebe la realización de una o varias conductas tipificadas como delito.
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Quienes se consideran adultos jóvenes son personas de entre dieciocho años cumplidos y menos de veinticinco años de edad, a quienes se les atribuya o compruebe la realización de una conducta tipificada como delito cometida cuando eran adolescentes, a los que se les aplicará el Sistema Federal de Justicia para Adolescentes en todo aquello que proceda.
Las autoridades, instituciones y órganos previstos en esta Ley, se harán cargo de operar el Sistema Federal de Justicia para Adolescentes.
AGA
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