Detienen a hombre que amenazó a mujer con lanzarle piedra en Monterrey
La afectada de 32 años de edad señaló que un hombre vestido con ropa obscura la amenazó con causarle daño con una piedra.
Un hombre fue detenido luego de que presuntamente amenazara a una mujer con lanzarle una piedra para hacerle daño en un negocio de la colonia Mitras Centro en Monterrey.
La captura de Rómulo T., de 43 años de edad, se registró a las 11:00 horas del jueves, en la avenida Gonzalitos y la calle Tuxpan, en la colonia Mitras Norte.
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Elementos de la Policía de Monterrey realizaban un recorrido de prevención y vigilancia, cuando observaron a una mujer que les hacía señas con ambas manos para que se aproximaran con ella.
La afectada de 32 años de edad señaló que un hombre vestido con ropa obscura la amenazó con causarle daño con una piedra.
Mencionó que el presunto responsable golpeó en repetidas ocasiones la puerta con la roca, por lo que, al alejarse un poco del local, ella salió del mismo para pedir ayuda a los oficiales, ya que vio la patrulla que en esos momentos pasaba por el lugar.
Luego de dicha declaración, los oficiales de policía detuvieron al hombre.
Las autoridades mencionaron que el hombre ya había sido reportado por causar daños en locales de la zona y agredir a otras personas.
Ante esto, el hombre fue trasladado a las instalaciones de la Policía de Monterrey, donde quedó a disposición del Ministerio Público.
¿Qué dice el Código Penal Federal sobre el delito de amenazas?
El Código Penal Federal de México establece disposiciones relacionadas con el delito de amenazas en los artículos 209 al 211.
Artículo 209: Este artículo establece que se considera delito de amenazas el hecho de comunicar a una persona, de manera directa o a través de terceros, una amenaza de causarle daño en su persona, familia, propiedad o derechos, con el propósito de intimidarla o coaccionarla.
Artículo 210: El artículo 210 del Código Penal Federal establece las penas para el delito de amenazas. En general, las penas pueden variar dependiendo de la gravedad de la amenaza y las circunstancias del caso. Las penas pueden incluir prisión y multas.
Artículo 211: Este artículo establece que la pena puede agravarse si el delito de amenazas se comete con la intención de obtener un beneficio económico indebido o si las amenazas son hechas de manera anónima.
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