Detienen a guardia de seguridad por presuntamente amenazar con arma a su compañero en Monterrey
La captura de Eneas M., 32 años de edad, se registró la tarde del jueves en la calle Rafael J. Verger y José Benítez, en la colonia Obispado.
Un guardia de seguridad que presuntamente amenazó con un arma de fuego a un compañero de trabajo fue detenido por elementos de la Policía de Monterrey, en la colonia Obispado.
La captura de Eneas M., 32 años de edad, se registró la tarde del jueves en la calle Rafael J. Verger y José Benítez, en el mencionado sector.
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Elementos de la Policía de Monterrey reciben el reporte de un masculino portando un arma de fuego.
Al llegar se entrevistan con la víctima, de 45 años de edad, quien les refiere que llegó a laborar a la empresa a bordo de su motocicleta e intentó entrar, ya que observó el portón abierto.
De pronto salió el guardia de la caseta de vigilancia gritándole que se retirara, pero el afectado le comentó que ahí trabajaba.
Sin embargo, no le creyó y de su cintura sacó una pistola tipo escuadra en color negro, apuntándole a su abdomen y diciéndole que se fuera o lo iba a matar, acción que fue observada por el resto del personal, quienes se comunicaron con las autoridades.
Los oficiales detuvieron al presunto, a quien le aseguraron el arma de fuego calibre 4.5 milímetros.
El hombre fue trasladado a las instalaciones de la Policía de Monterrey, donde quedó a disposición del Ministerio Público, por los delitos que le resulten.
¿Qué implica el delito de amenazas?
El delito de amenazas implica que una persona intimida a otra, anunciando causar un mal o perjuicio futuro que puede afectar su integridad física, emocional, sus bienes o su entorno personal. El objetivo de las amenazas es generar miedo o coerción en la víctima, obligándola a actuar de una manera determinada o simplemente causándole daño psicológico.
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Principales características del delito de amenazas:
Intención de causar miedo o intimidación:
El agresor debe tener la intención de asustar o coaccionar a la víctima mediante la amenaza de causar un mal o perjuicio en el futuro.
Anuncio de un mal futuro:
La amenaza no necesariamente implica una acción inmediata, sino la advertencia de un daño que podría ocurrir en un momento posterior. El mal puede ser físico, emocional, económico o cualquier otro que afecte a la víctima.
El mal debe ser posible:
Para que se considere un delito, el mal anunciado debe ser factible o creíble. No se considera una amenaza si el daño que se promete es irrealizable o improbable.
Perjuicio a la libertad o tranquilidad:
La amenaza debe ser lo suficientemente seria como para perturbar la paz o tranquilidad de la víctima. No es necesario que se materialice el daño anunciado, solo que se genere un temor razonable.
Medios utilizados:
Las amenazas pueden hacerse de forma verbal, escrita o incluso mediante gestos o acciones que sugieran un daño futuro.
Hoy en día, muchas amenazas también ocurren a través de medios electrónicos, como mensajes de texto, redes sociales o correos electrónicos.
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