Qué se necesita para ser jefe de Gobierno de CdMx y qué hace
En las elecciones de Ciudad de México 2024 se elegirá al próximo jefe de Gobierno. ¡Aquí te decimos qué hace y qué se necesita para ser candidato!
El próximo 2 de junio, en la Ciudad de México se elegirá al jefe de Gobierno, quien gobernará el país por los próximos seis años. En esta ocasión tres candidatos contienden por el puesto: Clara Brugada, de la coalición Sigamos Haciendo Historia (Morena, PT y PVEM); Santiago Taboada, de la coalición Va por CdMx (PRI, PAN, PRD) y Salomón Chertorivski, de Movimiento Ciudadano.
El candidato elegido, por mayoría de votos en los próximos comicios, deberá cumplir con sus responsabilidades al frente de la capital, pero ¿qué se necesita para ser jefe de Gobierno y cuáles son sus funciones? Aquí te decimos.
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¿Qué se necesita para ser jefe de Gobierno de la Ciudad de México?
De acuerdo con el artículo 32 de la Constitución Política de la Ciudad de México, para ser jefe de Gobierno de la capital del país se requiere lo siguiente:
- Ser ciudadana o ciudadano originario de la Ciudad de México.
- Para las personas no nacidas en la Ciudad, se requerirá haber vivido en esta entidad por al menos cinco años.
- Tener 30 años cumplidos al día de la elección.
- No haber recibido sentencia por delito doloso.
- No ser titular de una Secretaría o Subsecretaría en el Ejecutivo local o federal
- No tener mando en instituciones militares o policiales
- No ejercer una magistratura de Circuito o ser Juez de Distrito en la Ciudad de México
- No ejercer una magistratura en el Poder Judicial
- No ser legislador local o federal, ni ser titular o concejal de una alcaldía, dependencia, unidad administrativa, órgano desconcentrado, organismo autónomo o entidad paraestatal de la Administración Pública de la Ciudad de México o de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.
- No ser ministro de culto religioso, a menos que hubiere dejado de serlo con cinco años de anticipación y en la forma que establezca la ley.
En caso de tener alguno de los cargos anteriores, los interesados en contender por el cargo a jefatura de Gobierno deberán dejar sus actividades, entre 100 a 180 días antes de la jornada electoral, de acuerdo con la función que desempeñen.
¿Qué hace el jefe de Gobierno CdMx?
El jefe de Gobierno de la Ciudad de México se elige a través del voto y no podrá durar en el cargo más de seis años. Entrará en funciones el 5 de octubre del año de la elección y deberá residir en la entidad durante su mandato.
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El jefe de Gobierno electo tiene a cargo la administración pública de la entidad. La Constitución Política de la Ciudad de México establece que entre sus funciones están:
- Promulgar y ejecutar las leyes y decretos expedidos por el Congreso de la Ciudad de México, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia.
- Cumplir y hacer cumplir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la de la Ciudad de México y las leyes generales expedidas por el Congreso de la Unión y por el Congreso local.
- Nombrar y remover libremente a su gabinete o proponer ante el Congreso de la Ciudad de México a las y los integrantes del mismo para su ratificación, en caso de gobierno de coalición.
- La o el jefe de Gobierno debe garantizar la paridad de género en su gabinete.
- Presentar al Congreso de la Ciudad de México la iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos en los términos previstos por la Constitución local.
- Asimismo, debe remitir en los términos que establezca la Carta Magna la propuesta de los montos de endeudamiento necesarios para el financiamiento del Presupuesto de Egresos de la Ciudad de la Ciudad de México e informar sobre el ejercicio de los recursos correspondientes.
- Debe realizar estudios, análisis e investigaciones apropiadas que permitan proponer al Gobierno Federal la implementación de políticas de recuperación de los salarios mínimos históricos de las personas trabajadoras de la Ciudad de México.
- Presentar la Cuenta de la Hacienda Pública de la Ciudad; rendir al Congreso local los informes anuales sobre la ejecución y cumplimiento de los planes, programas y presupuestos, y presentar observaciones a las leyes y decretos expedidos por el Legislativo en la CdMx.
- El representante capitalino debe dirigir las instituciones de seguridad ciudadana de la entidad, así como nombrar y remover libremente a la persona servidora pública que ejerza el mando directo de la fuerza pública.
- Debe remitir al Congreso de la Ciudad de México los convenios generales suscritos con otras entidades federativas para su ratificación, apunta la Constitución.
ZNR
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