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"Mariana Rodríguez no es candidata", magistrado propone rechazar queja de MC contra Vicente Fox

El proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña mantiene que sea el Conapred quien investigue los actos, y no el INE.

Jannet López Ponce Monterrey, Nuevo León /

Con el argumento que Mariana Rodríguez no es candidata, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña propone que el Tribunal Electoral confirme la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de declararse incompetente para recibir la denuncia de Movimiento Ciudadano (MC) en contra del ex presidente Vicente Fox.

El partido buscaba una sanción por violencia política de género hacia Mariana Rodríguez, pero solamente podría ser calificado como un conflicto entre particulares.

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Vicente Fox vs Mariana Rodríguez: ¿Qué pasó?

Después de que Vicente Fox se lanzó contra Mariana Rodríguez con un comentario en redes sociales, en el que la minimizaba a ser sólo compañía de su esposo, el gobernador de Nuevo León, Samuel García y que derivó en la cancelación de su cuenta de X, antes Twitter, Movimiento Ciudadano intentó que el INE lo investigara y sancionara.

El pasado 27 de noviembre, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral determinó que era incompetente para conocer la queja, porque la posible víctima no estaba ejerciendo algún cargo público de elección popular y los derechos que se alega que se le vulneraban, no tienen naturaleza político-electoral.

Movimiento Ciudadano impugnó ante la Sala Superior y este viernes, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña hizo publicó el proyecto que circuló entre sus pares y que se votará el próximo miércoles en sesión pública, en el que propone confirmar la decisión del INE. 

El proyecto concluye que lo correcto es “remitir la denuncia al CONAPRED que se encarga de resolver quejas por presuntos actos de discriminación cometidos por particulares”.

Explica que la Sala Superior ya ha establecido precedentes, respecto q que no toda denuncia por posible violencia de género es competencia electoral, ya que hay un sistema de delimitación de competencias previsto en la Ley Electoral y en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Este tipo de denuncias, le competen a la autoridad electoral cuando se involucren derechos político-electorales, “situación que en el presente asunto no acontece” pues ni Mariana Rodríguez ni Vicente Fox están en una contienda electoral.

“Lo anterior es así, porque no se está ante un supuesto de que el derecho a proteger derive de que la posible víctima es precandidata o candidata; ni del debido ejercicio de un cargo público de elección popular; tampoco es tampoco militante de algún partido político respecto del cual hayan sido vulnerados sus derechos; ni está involucrado el ejercicio de su libertad de expresión o de participación política en materia electoral.

“Son publicaciones emitidas por un ciudadano y dirigidas hacia otra ciudadana, a través de redes sociales. Si bien ambos pudieran n tener relevancia o presencia pública en función de las actividades que han realizado de manera pública y/o el número de sus seguidores; los cierto es que ello no lo hace materia electoral”.

Este proyecto deberá votarse en sesión pública la próxima semana y la decisión que se tome será definitva para determinar si Mariana Rodríguez debe recurrir al Conapred, por no ser precandidata ni estar en la contienda electoral o en un cargo público. 

rcm

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