Decreto de austeridad de AMLO informa que la suspensión de labores con goce de sueldo se extenderá hasta el 1 de agosto
En la edición vespertina del 23 de abril, fue publicado el decreto de 11 puntos propuestos por el presidente Andrés Manuel López Obrador en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
El presidente Andrés Manuel López Obrador decreto 11 puntos para enfrentar la crisis económica y sanitaria generadas por el Covid-19; publicado en la edición vespertina del 23 de abril del Diario Oficial de la Federación.
El decreto estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2020, con el cual se establece la ampliación inmediata de diversas mi vida ante las circunstancias actuales.
En el tercer apartado del decreto, así como lo comentado por el propio presidente en su conferencia matutina, estableció que “se extenderá hasta el 1 de agosto la suspensión de labores con goce de sueldo a quienes ya se encuentran en esta situación debido a la pandemia del coronavirus”.
El pasado 24 de marzo, el presidente Andrés Manuel firmó un decreto para que los sectores públicos y privados brindaron permiso a adultos mayores y enfermos crónicos de ausentarse de su lugar de trabajo con goce de sueldo durante el tiempo que durará la emergencia sanitaria.
Se espera que la población en general retome sus actividades el 1 de junio, siempre y cuando lo permita la pandemia.
El documento publicado en el DOF, puntualizan que los sectores públicos, privados y social deberán de evitar la asistencia a centros de trabajo, espacios públicos y otros lugares concurridos a los adultos mayores de 65 años de edad y a personas en riesgo de desarrollar una enfermedad grave o morir a causa de ella.
“Estos grupos incluyen personas embarazadas, o en periodo de lactancia, menores de cinco años, personas con discapacidad, personas con enfermedades crónicas no transmitirles o con algún padecimiento tratamiento farmacológico que les genere suspensión supresión del sistema inmunológico”, especifica el decreto del permiso que se ampliará hasta el mes de agosto.
Las personas que sufran hipertensión arterial, pulmonar, insuficiencia renal, lupus, cáncer, diabetes mellitus, obesidad, insuficiencia hepática o metabólica y enfermedades cardíacas podrán ser beneficiadas de esta medida establecida por el presidente de México en su más reciente decreto presidencial.
EM
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