Canal 6
user-icon user-icon
  • Clima
    • Monterrey 18ºC 14ºC Min. 23ºC Máx.
    • Clear
    • Próximos 5 días
      • Sábado
      • 15º / 24º
      • Clear
      • Domingo
      • 16º / 27º
      • Clear
      • Lunes
      • 19º / 29º
      • Clear
      • Martes
      • 18º / 22º
      • Clear
      • Miércoles
      • 17º / 27º
      • Clear
    • Pronóstico en video Abimael Salas nos da el pronóstico del tiempo en Monterrey para este viernes 22 de noviembre de 2024.
    • Abimael Salas nos da el pronóstico del tiempo en Monterrey para este viernes 22 de noviembre de 2024.
      • Video
      • media-content

¿Qué ocurre si no libero mi cartilla del Servicio Militar?

En algunos casos podría impedirte incorporarte en una empresa.

Editorial Telediario Nacional /

El Servicio Militar Nacional es un mandato el cual consiste en que los jóvenes que cumplen la edad militar, están obligados a cumplir, 'encuadrados' o 'a disponibilidad', en los distintos centros de entrenamiento. Es un trámite que todos los mexicanos deben cumplir y su trámite inicia antes de cumplir los 18 años de edad. 

Sin embargo, hay distintas circunstancias por las no se puede cumplir con este deber.

¿Qué ocurre si no lo hago?

No existen sanciones penales o administrativas para las personas que no realicen el Servicio Militar o que no liberen su cartilla, sin embargo, se incumpliría con un mandato de la Constitución, y también, tendría consecuencias en el ámbito laboral.

Si en algún momento deseas trabajar en el gobierno, el no tener este documento podría representar un impedimento para que te contraten. La Ley General del Servicio Militar Nacional, indica que todos los funcionarios federales, estatales y municipales tienen que haber cumplido el Servicio Militar Nacional. En el sector privado, no es tan necesario, aunque algunos puestos de trabajo es obligatorio.

¿Cómo liberarla si ya soy mayor?

Las personas que tienen 40 años o más, pueden liberar la cartilla haciendo un trámite en la Zona Militar más cercana y solicitar la “Excepción por ser mayor de 40 años”. 

Deben acudir con los siguientes documentos:

  • Solicitud del interesado (se proporcionará en la Oficina de reclutamiento).
  • Copia certificada de acta de nacimiento y fotocopia.
  • Comprobante del pago de derechos (solo para la expedición de la constancia de excepción).
  • Fotocopia de una identificación oficial con fotografía.
  • Comprobante de domicilio (recibo reciente de luz, teléfono, predial, agua, etc.).

El trámite es gratis y no es necesario pagar algún tipo de multa.

  • Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de TELEDIARIO; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
  • t-icon