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Rubén Moreira y Legisladores se protegieron antes de terminar administración: Armando Guadiana

Esto con la abrogación del artículo 271 y modificación de los artículos 150, 180 y 389 del Nuevo Código Penal.

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Editorial Telediario Nacional /

Con la abrogación del artículo 271 y modificación de los artículos 150, 180 y 389 del Nuevo Código Penal, el Gobernador del Estado, Rubén Moreira Valdez, así como los legisladores del Congreso Local, PRI y PAN, se protegieron para no ser castigados por los actos de corrupción cometidos durante la actual administración.

Lo anterior lo denunció el empresario Armando Guadiana Tijerina y lo calificó como una vergüenza y motivo suficiente para que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación no otorgue el triunfo a Miguel Ángel Riquelme Solís y su partido el PRI.

Asimismo, anunció que interpondrá un recurso de controversia constitucional, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para que dichas reformas hechas al Código Penal de Coahuila sean eliminadas, sin embargo, adelantó que será un proceso largo y tardado.

Recordó que el nuevo Código Penal fue publicado en el Periódico Oficial del Estado el pasado 28 de octubre, por lo que entrará en vigor el próximo 28 de noviembre.

Explicó que se eliminó el artículo 271 del capítulo de sanciones a los delitos electorales que establecía una sanción de uno a 5 años a las o los candidatos que rebasarán el tope de gastos de campañas y sancionaba al partido político que postuló al candidato con una afectación a las partidas de financiamiento público por el monto que fue rebasado el tope.

En este sentido ya no habrá castigo en Coahuila para quienes rebasen los topes de gastos de campaña, como fue el caso de Miguel Ángel Riquelme Solís.

Además, el artículo 389 establece una pena de 2 a 4 años de prisión, así como 500 a mil días de multa, a quien haga imputaciones falsas en contra de un servidor público del Estado o Municipio.

En este sentido consideró que es una protección para evitar que la ciudadanía haga las denuncias en contra de los servidores públicos por actos de corrupción pues de resultar exonerados se estaría exponiendo a un proceso a quien haya hecho la imputación.

“Ósea que ya se cubrieron, no los vamos a poder acusar de nada, ya se lavaron de todos los pecados con la bendición papal del Congreso mismo del Estado”, dijo.

“En los delitos de servidores públicos quedan también sin que se pueda sancionar al Gobernador, al Secretario de Finanzas, y a cualquier funcionario que haya cometido ilícitos con la nueva ley que ya se publicó el 28 de octubre y que va a entrar en vigor el 28 de noviembre”, agregó.

Finalmente detalló que el nuevo código establece en el artículo 3 que no se puede aplicar la ley penal de manera retroactiva a menos que beneficie al imputado o a un sentenciado.

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