Nuevo León prohíbe uso de fuego en sierras y parajes naturales
Según la publicación de este miércoles, la medida busca reducir los incendios forestales entre enero y agosto, periodo en el que las condiciones climáticas favorecen su propagación.
El Gobierno de Nuevo León publicó por tercer año consecutivo un decreto en el periódico oficial que establece zonas de veda para el uso de fuego en sierras y parajes naturales.
Según la publicación de este miércoles, la medida busca reducir los incendios forestales entre enero y agosto, periodo en el que las condiciones climáticas favorecen su propagación.
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"Se establecen como zonas de veda para el uso de fuego todos los ecosistemas forestales, así como en lotes baldíos mayores a mil metros cuadrados o predios que cuenten con arbolado en una superficie mayor a 500 metros cuadrados que se encuentren en zonas urbanas o zonas de interfaz urbano forestal."
Estas son las actividades prohibidas
Según la normativa, queda prohibido encender fogatas a cielo abierto para recreación, preparación de alimentos, chamusco de nopales y maguey, así como en festejos campestres y cualquier otra actividad similar.
"Se prohíbe el uso de fuego en las zonas de veda a que se refiere el numeral anterior en las siguientes modalidades: fogatas a cielo abierto para recreación, preparación de alimentos, chamusco de nopales y maguey, festejos campestres y demás de naturaleza semejante a las enunciadas."
La medida busca evitar incidentes en sierras y parajes naturales, especialmente en los meses de mayor riesgo, cuando las condiciones climáticas favorecen la propagación del fuego.
"Quemas controladas para la preparación de forrajes para el ganado, el mantenimiento de caminos y brechas de conducción eléctrica, los esquilmos agrícolas en áreas aledañas a zonas con vegetación, y basura o desperdicios contaminantes. Actividades recreativas como encender cualquier tipo de globo aerostático que para su manejo deba utilizarse el fuego, y encender cualquier tipo de fuego que pudiera poner en riesgo a los seres vivos, al medio ambiente y los recursos naturales", refiere el decreto.
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No obstante, se exime de estas prohibiciones a quienes realicen fogatas en áreas que cumplan con los requisitos mínimos de seguridad y de control de fuego bajo la absoluta responsabilidad de quién o quiénes lo estén utilizando.
Así como quemas prescritas en áreas forestales que se realicen de acuerdo con la NOM 15 SEMARNAT/AGRICULTURA 2023.
Lo anterior, se podrá llevar a cabo previo inspección y autorización expedida por la Secretaría de Medio Ambiente, a la cual deberán solicitarle por lo menos con 10 días hábiles de anticipación la realización de dichas actividades.
En la publicación, las autoridades estatales recordaron que, debido a este decreto que surgió desde el año 2022, los incendios forestales en el estado han ido a la baja.
Así, argumentaron que en el año 2021 se afectaron 32 mil 793 hectáreas, en el 2022 se redujo a 11 mil 986 hectáreas, en 2023 los incendios forestales afectaron 3 mil 331 hectáreas, y para el año pasado, las hectáreas afectadas fueron solamente 2 mil 411.
Por ello, esperan que estos fenómenos se sigan manteniendo a la baja en el 2025 y que el número de personas afectadas sea nulo.
bimc
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