San Pedro se prepara para eliminar aumentos de densidad en Centrito Valle y las Calzadas
El Cabildo de San Pedro podría revelar oficialmente en sesión ordinaria los resultados de la consulta pública y darla por concluida.
El Cabildo de San Pedro Garza García se prepara para eliminar el capítulo de Aprovechamientos Urbanos Optativos, que busca suprimir el incremento de densidad y la altura en las construcciones en el Centrito Valle y las Calzadas, esto en caso de que se apruebe la consulta al Reglamento de Zonificación y Usos de Suelo.
La próxima semana, el ayuntamiento que encabeza Mauricio Fernández podría revelar oficialmente en sesión ordinaria los resultados de la consulta pública y darla por concluida.
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Con ello se pretende derogar la figura que impulsó el entonces alcalde Miguel Treviño para aumentar la densidad en el Distrito Centrito, la Calzada del Valle y la Calzada San Pedro.
El 11 marzo pasado, el Cabildo sampetrino dio su aval para iniciar la consulta ciudadana y poder derogar el capítulo de Aprovechamientos Urbanos Optativos del Reglamento.
La consulta pública inició el 24 de marzo y concluyó el pasado 11 de abril en donde captó 208 opiniones que fueron favorables para revertir la densidad y el aumento de altura en construcciones en los distritos Centrito y Calzadas.
¿Qué será derogado en San Pedro?
El Artículo 141 del reglamento señala que el propietario interesado en acceder a la Densidad Optativa y/o al CUS Optativo debe solicitarlo por escrito ante la Secretaría de Ordenamiento y Desarrollo Urbano al momento de solicitar la factibilidad de uso de suelo, acompañando los estudios y factibilidades a que refiere este reglamento.

La dependencia municipal, agrega, emitirá la resolución correspondiente de manera fundada y motivada en un plazo no mayor a 20 días hábiles.
Según el Artículo 146, para quienes buscan acceder a los aprovechamientos optativos y celebrar primeramente un convenio con el municipio en donde se especifique la Densidad Optativa y/o el CUS Optativo que se le considere factible otorgar y que tendrá una vigencia de dos años contados a partir de su aprobación definitiva, el interesado debe entregar un pago por la densidad adquirida.
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Según el mismo apartado, la aportación económica es depositada a un fondo que administra la Secretaría de Finanzas y Tesorería Municipal, en una cuenta o partida especial cuyo objeto y destino será específicamente financiar obras de infraestructura, servicios y mejoras en el espacio público del distrito de desarrollo específico donde se localice el predio beneficiado u otro distrito de desarrollo específico cuando esa transferencia de recursos esté autorizado en el programa parcial respectivo.
El fondo contará con cuentas específicas especialmente creadas para cada distrito de desarrollo específico o predio de actuación, el cual tendrá por objeto financiar obras de infraestructura, servicios y mejoras en el espacio público del distrito y/o los distritos colindantes donde se localice el lote o predio beneficiado.
El reglamento establece que las aportaciones económicas por aprovechamientos optativos deben quedar cubiertas dentro del periodo de trámite administrativo en el cual se solicite.
La Secretaría de Finanzas y Tesorería llevará la contabilidad del fondo y autorizará el ejercicio de sus recursos según lo acuerdo del Ayuntamiento.
El Artículo 148 indica que la Densidad Optativa podrá ser solicitada por los propietarios de los lotes o predios siempre que no se exceda la densidad máxima establecida en la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para Nuevo León vigente al momento de la solicitud.
mvls
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